REGLAMENTO DE LA PRUEBA EVALUATORIA DEL
CONCURSO OFICIAL DE AGRUPACIONES INFANTILES
CARNAVAL DE LAS PROMESAS 2012
“RUBEN PELICER“
Capítulo I – De la Organización
Artículo 1º – La Gerencia de Eventos de la Intendencia de Montevideo, promueve la realización del Concurso Oficial de Agrupaciones Infantiles “Carnaval de las Promesas” 2012.
Todos aquellos interesados en participar de dicho concurso deberan superar una prueba evaluatoria la cual se regirá por lo dispuesto en el presente reglamento.
Dicha prueba se desarrollará en los horarios y fechas que se establecerán oportunamente.
La Administración de la Prueba de Evaluación será responsabilidad de la Gerencia de Eventos en acuerdo con la Asociación de Directores del Carnaval de las Promesas, en adelante A.DI.CA.PRO. y se regirán por las normas que están encuadradas dentro de las disposiciones de la Constitución de la República, de las Leyes Nacionales y Decretos u Ordenanzas Municipales, especialmente en lo referente a la protección del menor.
Capítulo II – Directores Responsables
Artículo 2º – Director es la persona o personas con dieciocho (18) años de edad cumplidos que, a los efectos de su presentación en el Concurso Oficial del Carnaval de las Promesas, asuman la responsabilidad de cada agrupación, efectuando su inscripción en los Registros de la Unidad de Festejos y Espectáculos de la Gerencia de Eventos.
Artículo 3º – En caso de representar a Instituciones o Entidades con Personería Jurídica, el Director Responsable del conjunto deberá acreditar su condición de tal. La Gerencia de Eventos podrá otorgar la autorización pertinente, manteniendo la potestad de revocarla, por sí o ante denuncia de terceros, en caso de constatarse cualquier tipo de anomalía, infracción o incumplimiento de las obligaciones contraidas. Dichas Resoluciones serán notificadas por escrito a los interesados.
Capítulo III – La Propiedad de las Denominaciones
Artículo 4º – Las denominaciones de las agrupaciones pertenecen a quienes las hayan registrado y participado en Carnaval en su momento, permitiéndose su transferencia temporal o definitiva, de común acuerdo entre las partes, trámite que deberá realizarse en la Unidad de Festejos y Espectáculos de la Intendencia de Montevideo.
No se admitirá, una vez presentada la solicitud de inscripción correspondiente a cada periodo de carnaval, la transferencia y/o agregados de titulares.
Artículo 5º – Si se produjera la desaparición física del titular de una de una agrupación, sus herederos, mediante la presentación del certificado notarial que acredite tal condición, específicamente sobre la propiedad de la denominación de la agrupación, podrán seguir haciendo uso de la misma, transferirla en forma temporal o definitiva.
Artículo 6º – Cuando los titulares de una agrupación sean dos (2) personas o más, y una de ellas negara la autorización correspondiente para su utilización, la misma no podrá ser usada hasta tanto no exista acuerdo.
Artículo 7º – No se autorizará la utilización de denominaciones de conjuntos que tengan similitud con otros ya registrados y que puedan inducir a equívocos acerca de su identidad.
Artículo 8º – En caso de cuestionamiento relativo a una denominación o su titularidad la Gerencia de Eventos no autorizará la utilización del mismo hasta que se pronuncien los Organismos correspondientes de la Intendencia de Montevideo. Los reclamos que se realicen fuera de la órbita de la Intendencia de Montevideo no impedirán la utilización del título.
Capítulo IV – De la Inscripción
Artículo 9º – Deberán presentarse a la Prueba Evaluatoria todos los conjuntos interesados en participar del Concurso Oficial de Agrupaciones Infantiles “Carnaval de las Promesas” 2012.
Artículo 10º Para poder participar de La Prueba Evaluatoria, los conjuntos interesados deberán registrarse en la Unidad de Festejos y Espectáculos de la Gerencia de Eventos, 3er. Piso de la Intendencia de Montevideo, en el horario de 10:30 a 15:30 horas, entre el 19 y el 30 de setiembre de 2011.
Los Directores Responsables deberán llenar una solicitud de inscripción, indicando la categoría en la cual se desea intervenir y los requisitos mencionados en el Articulo 11º.
Los conjuntos interesados en participar en esta Prueba, solo podrán optar por las siguientes categorías: Sociedades de Negros y Lubolos, Revistas, Parodistas, Murgas, Humoristas o Escuelas de Samba.
Artículo 11º – En el momento de la inscripción, cualquiera sea en la categoría que se desea intervenir, conjuntamente con la solicitud respectiva, los Directores Responsables de los Conjuntos deberán presentar los recaudos que se indican a continuación:
1) Un original y cuatro copias del repertorio en papel simple, escrito a máquina o computadora, de un solo lado de la hoja, debidamente foliado en los que deberán indicarse los nombres de los autores.
3) Un juego de fichas personales, indicando los datos completos de los componentes especificando: nombre, cédula de identidad, y función que cumple en el conjunto, adjuntando fotocopias de las cédulas de identidad respectivas (frente y reverso).
4) Una Ficha tecnica en donde se detalle el personal técnico con Nombre y Apellido, Cédula de Identidad, especificando la tarea que desempeña.
5) Documento que acredite la representación de una Institución, cuando se actúa en tal carácter.
6) Declaración jurada del Director, Letrista (todas las categorías), Músico (sólo Lubolos) que todo lo presentado sea inédito y no estando registrado hasta el momento de su representación por otros.
7) Aval de A.DI.CA.PRO
Artículo 12º – Podrán participar como componente de los distintos conjuntos en el Carnaval de Promesas 2012, todos los niños y jóvenes que hayan nacido entre los años 1993 y 2006 inclusive.
Se considerará componente del conjunto, toda persona que mediante su presencia física en escena, tenga intervención directa de la misma por medio de la actuación.
El componente que se registre en dos (2) o más conjuntos, quedará automáticamente eliminado, no pudiendo actuar en ningún conjunto en dicha temporada.
No se permitirá que componentes, fuera de la nómina presentada, actúen ya sean en off o grabaciones de ningún tipo.
No se considerará componente a quién accione escenografía móvil o efectos especiales detrás de bambalinas, tal es el caso de los utileros los cuales no podrán ser menores de dieciocho años.
Bajo ninguna circunstancia se admitirá que un componente que haya actuado y sorteado la prueba evaluatoria con un conjunto, cambie de grupo para el carnaval 2012, sin excepciones. Quedarán exceptuados de ésta disposición, aquellos componenetes que, aún inscriptos en algún conjunto, no subieran al escenario en la Prueba Evaluatoria.
Capítulo V – Del Control de los Repertorios
Artículo 13º- Los espectáculos del Concurso Oficial del Carnaval de las Promesas y por ende la Prueba de Evaluación, se regirán por las normas que respecto a la libertad de expresión tienen las demás actividades culturales.
Todos los textos que se presenten como parte del repertorio de los conjuntos participantes en la Prueba de Evaluación sin ningún tipo de excepción, deberán ser inéditos, entendiéndose por inédito que los mismos no pueden haber sido registrados con antelación en AGADU, Biblioteca Nacional, INAU o cualquier otro organismo público y/o privado, ni en ningún tipo de soporte, sean estos digitales, magnéticos, mecánicos o de cualquier nueva característica que el avance de la ciencia y la tecnología permita en el futuro.
Los conjuntos deben presentar el repertorio que utilizarán en la Prueba Evaluatoria en el momento de la inscripción, estando obligados a interpretar fielmente dicho repertorio.
Podrá recurrirse a las “mechas”, con el fin de “enriquecer” la representación, siempre y cuando las mismas no alteren sustancialmente el espectáculo ni modifiquen el argumento.
Si el tenor de estas “mechas” produjera una violación de las normas legales vigentes, la responsabilidad absoluta recaerá en él o los Directores Responsables.
El jurado de la Prueba Evaluatoria del Concurso Oficial del Carnaval de las Promesas eliminará a aquellos conjuntos que no cumplan con la presente disposición.
Capítulo VI – Descripción de las categorías
Artículo 14º – Sociedades de Negros y Lubolos
Constituyen una recreación libre de las manifestaciones Afro Uruguayas con sus trajes, cantos y bailes típicos, evocando los orígenes Afro y su devenir natural y acompasado a la actualidad en vestimenta, coreografía y temática, sin perder la esencia conceptual del candombe y su evolución, no limitando la creación artística y su fusión argumental y musical. El Espectáculo se desarrollara bajo el signo predominante del tambor, aunque se admitirá la utilización de hasta otros seis (6) instrumentos musicales, fuera de los de percusión
Las letras y la música de los temas serán inéditas, debiendo regirse por la definición “inédita”, contenida en el Artículo 13º excepto en su marcha o despedida final del conjunto, que podrá utilizar el canto y la música tradicional del conjunto. Pudiendo transmitir la evolución necesaria, natural y acompasada en cuanto a letras, músicas y a su entorno actual. Los tambores podrán utilizar tensores, pero queda terminantemente prohibido la utilización de parches de “nylon” o similares. Es decir solamente se utilizará lonja.
Deberán contar como mínimo con una (1) vedette; una (1) vedette promesas la cual deberá tener entre cinco y diez años, un (1) escobero; un (1) gramillero; una (1) mama vieja, cinco (5) bailarinas, quienes danzaran acompañando los cuadros que se representen; dos (2) portabanderas, un (1) portaestandarte; una (1) estrella; una (1) medialuna; un (1) cantante y nueve (9) tamborileros. Se pueden contar con un (1) bailarín, pero no es obligatorio.
Se constituirán con un mínimo de veinticinco (25) y un máximo de sesenta y cinco (65) componentes.
Estos integrantes deberán representar como mínimo siete (7) edades.
Artículo 15º – Revistas
La categoría Revistas debe constituir una expresión artística integral de libre creación, conceptualmente imaginativa, tendiente a la diversión. Sin perjuicio de su característica de libre creación, se entiende que una Revista prioriza la alegría, la música y el baile, como así también el destaque de la figura femenina. Podrán utilizarse músicas grabadas, siempre que éstas contribuyan a enriquecer la ejecución en vivo.
Armonizará coreografías, vestimenta, bailes, música, orquestaciones, canciones y parlamentos con marcada alegría, en una sucesión de cuadros enlazados que eviten la interrupción del espectáculo, dotándolo de continuidad y dinamismo. Estos cuadros alternarán lo artístico con lo divertido dentro de un clima alegre y colorido, así como una fina técnica revisteril. Las letras serán inéditas. Las melodías musicales podrán ser inéditas. El cuerpo de baile estará integrado por bailarines de ambos sexos y no será obligatorio el cambio de vestuario para los integrantes de los coros.
Componentes: mínimo dieciocho (18) máximo treinta y cinco (35). Estos integrantes deberán representar como mínimo siete (7) edades.
Artículo 16º – Parodistas
Esta categoría deberá parodiar el argumento de obras, historias de hechos y/o personas de público y notorio conocimiento, en una imitación burlesca, realizada en tono jocoso, pudiendo, en determinados pasajes del espectáculo, tener matices dramáticos, según la propuesta de cada conjunto.
Para desarrollar su espectáculo cada conjunto de parodistas deberá: Cantar, realizar bailes y coreografías, usar vestuario, utilizar maquillaje, hacer una o varias parodias dentro del mismo.
Los cuadros de presentación y despedida serán optativos de cada conjunto y, en caso de realizarse, podrán ser o no parodias.
Componentes: mínimo dieciocho (18), treinta y dos (32) máximo.
Estos integrantes deberán representar como mínimo siete (7) edades.
Artículo 17º – Murgas
Es la manifestación artística que refleja el sentir de los uruguayos.
La crítica, la sátira, la jocosidad y la ironía son los pilares en que se sustentan, apostando fundamentalmente a la risa.
El vestuario será alegre y colorido y el rostro deberá lucir maquillaje, distingue a la Murga la mímica, la pantomima, la vivacidad, el movimiento, el contraste, la informalidad escénica y lo grotesco, la sincronización de movimientos se conceptuará válida si esta diera brillantez al espectáculo y no atentara contra la idiosincrasia de la Murga.
Los instrumentos esenciales serán el platillo, bombo y redoblante, pudiendo utilizarse libremente otros instrumentos en carácter de apoyo.
Componentes: mínimo diecisiete (17) máximo veintinueve (29).
Estos integrantes deberán representar como mínimo siete (7) edades.
Artículo 18º – Escuelas de Samba
Constituyen una recreación de la música folklórica de la República Federativa del Brasil, pudiendo fusionarse, en música y temática con otros ritmos americanos.
El espectáculo deberá contar con una temática y desarrollarse con un hilo argumental obligatorio.
Los personajes representativos de la categoría (pasistas, porta bandera.) deberán ser acompañados por un tema musical cantado.
Dicho espectáculo se desarrollará bajo el signo predominante de la batería, pudiendo adicionar hasta otros seis (6) instrumentos musicales o pistas de música grabadas admitiéndose sólo uno que oficie de metrónomo.
Será obligatorio incluir un mínimo de seis (6) temas entre los cuales solamente uno podrá ser interpretado en portugués.
El Cuerpo de Baile estará conformado por personas de ambos sexos, siendo obligatorio el cambio de vestimenta por lo menos en tres oportunidades.
Deberán contar como mínimo con una (1) vedette; una (1) vedette promesas, la que deberá tener entre 5 y 10 años; un (1) animador; una (1) portabandera; una (1) bahiana; un (1) cantante y cinco (5) integrantes en la batería con sus elementos de percusión.
Componentes: mínimo veinticinco (25) máximo cincuenta (50).
Estos integrantes deberán representar como mínimo siete (7) edades.
Artículo 19º– Humoristas
Esta categoría se basará en la libre comicidad de escenas, situaciones o personajes no pudiendo basarse en argumentos de una obra literaria, hecho o suceso real.
Podrá utilizarse una creación jocosa única o plantearse varios cuadros con pequeños intervalos muy ágiles, enmarcados siempre en una faz cómica.
El estilo literario determinante deberá reflejar la facultad creativa y el ingenio de descubrir y presentar cuadros, personajes, situaciones, sucesos y actos con características incongruentes y absurdas en donde predomina el humor, la sátira, la picardía y la jocosidad, dentro de una tónica de fina expresión escénica.
Deberán utilizar canciones y música, ésta podrá ser interpretada por los propios integrantes, o en su defecto utilizando pistas.
Estos conjuntos estarán integrados por un mínimo de dieciséis (16) y un máximo de veintinueve (29) componentes.
Estos integrantes deberán representar como mínimo siete (7) edades.
CAPITULO VII – De las Etapas
Artículo 20º – Las etapas de la Prueba Evaluatoria se programarán como las etapas del Concurso, es decir que en cada jornada habrán de participar conjuntos de varias categorías.
Las etapas serán digitadas y su conformación será realizada de la siguiente forma:
A) Los conjuntos participantes en el Carnaval 2011 y teniendo en cuenta su orden clasificatorio, serán los primeros en actuar de cada categoría.
B) Los conjuntos no debutantes en el Concurso Oficial de Agrupaciones Infantiles “Carnaval de las Promesas”, actuarán a continuación de los mencionados en el literal A. De haber más de un conjunto de la misma categoría dentro de este ítems, se realizará un sorteo entre los involucrados para determinar el orden de participación.
C) Por último, realizarán su actuación los conjuntos debutantes en el “Carnaval de las Promesas”. De haber más de un conjunto de la misma categoría dentro de este ítems, se realizará un sorteo entre los involucrados para determinar el orden de participación.
Una vez fijada la programación no admitirá cambios de ninguna índole.
CAPITULO VIII – Del desarrollo de la Prueba
Artículo 21º – Se establece especialmente que, a los efectos de lograr una adecuada evaluación del nivel artístico de los conjuntos interesados en llegar al Concurso Oficial, el Jurado requerirá para cada categoría los siguientes tiempos:
REVISTAS Y PARODISTAS: Mínimo 20 minutos-Máximo 25 minutos
HUMORISTAS: Mínimo 16 minutos – Máximo 21 minutos
MURGAS, SOCIEDAD DE NEGROS Y LUBOLOS Y ESCUELAS DE SAMBA: Mínimo 18 minutos – Máximo 23 minutos
En ese tiempo deberán presentarse (como mínimo) los siguientes segmentos del espectáculo proyectado:
REVISTAS: Un mínimo de 3 cuadros, con participación de solistas, coro, coreografías y bailes.
PARODISTAS: 1 tema cantado, con coreografías y bailes y no menos de 12 minutos de parodia.
HUMORISTAS: 1 tema cantado, con coreografías y bailes y no menos de 8 minutos de humorada.
MURGAS: presentación, no menos de 10 minutos de cuplè o popurrí y parte final de la despedida.
SOCIEDAD DE NEGROS Y LUBOLOS: Un mínimo de 3 cuadros con canto, coreografías y baile, donde se presenten los personajes típicos (gramilleros, mamas viejas y escobero) y la presentación de:
La cuerda de tambores, dos (2) portabanderas, un (1) portaestandarte; una (1) estrella; una (1) medialuna.
ESCUELA DE SAMBA: 3 cuadros con canto, coreografías y bailes con la presentación de los personajes típicos (portabanderas, bahiana y pasistas).
Artículo 22º – El tiempo de actuación en la prueba de evaluación en todas las categorías, será controlado estrictamente y los participantes deberán regirse al siguiente sistema:
a) Cuando se cumpla el tiempo máximo de cada categoría, el Presidente del Jurado hará cortar la amplificación para finalizar con la prueba del conjunto.
b) Los conjuntos que no cumplan con el tiempo mínimo establecido quedarán automáticamente eliminados de la prueba evaluatoria y por ende no podrán participar del concurso oficial 2012.
Artículo 23º – Durante la Prueba Evaluatoria no se permitirá utilizar vestuario ni escenografía. Solamente se permitirán pequeños accesorios para la identificación de personajes.
No se autorizará la presencia de animales vivos en el escenario.
Artículo 24º – Los conjuntos que se presenten a la Prueba de evaluación y superen la misma, no podrán eliminar en sus actuaciones durante el Concurso Oficial de Agrupaciones Infantiles “Carnaval de las Promesas”, lo representado en la citada prueba. No obstante, quedarán amparados en los plazos que se establezcan para completar y ajustar sus repertorios para el Concurso Oficial de Agrupaciones Infantiles “Carnaval de las Promesas”. Lo mismo se aplica para la nómina de componentes.
CAPITULO IX – Del Jurado
Artículo 25º – El Jurado evaluante, será designado por la Gerencia de Eventos de la Intendencia de Montevideo y estará integrado por un funcionario de la Intendencia, el cual oficiará de Secretario del Cuerpo y 5 (cinco) miembros de acuerdo al siguiente detalle:
a) Un Presidente, que ordenará y fiscalizará las tareas del cuerpo haciendo cumplir el reglamento de la Prueba Evaluatoria en todos sus términos, así como realizar lo necesario para la unificación de criterios en el trabajo del mismo previo al inicio del certamen.
Será responsable de la comunicación del Jurado con los diferentes conjuntos, así como con la prensa, dado que los demás integrantes del cuerpo se abstendrán de efectuar declaraciones durante la realización de la mencionada Prueba.
Disponer los procedimientos que aseguren el correcto funcionamiento del sistema utilizado.
Dirigir y moderar la deliberación final y en caso de necesidad por indecisión marcada, brindar su opinión.
Hacer público el resultado final.
b) Cuatro miembros, que evaluarán la actuación de cada uno de los conjuntos participantes.
Debido a que el fallo de esta Prueba Evaluatoria será deliberativo, cada miembro del jurado reservará para sí su opinión sobre los merecimientos del conjunto para participar del Carnaval 2012, los cuales serán volcados en la jornada de deliberación final.
Artículo 26º – La JORNADA DELIBERATIVA del jurado en pleno, se llevará a cabo una vez hayan actuado todos los conjuntos participantes. Se notificará el día, la hora y el lugar donde se reunirá el Jurado y podrán estar presentes las personas que la Gerencia de Eventos designe en su representación y el delegado de ADICAPRO designado para el Concurso Oficial de Agrupaciones Infantiles “Carnaval de las Promesas”
En caso de no llegar a un acuerdo en forma deliberativa, la desición para establecer la clasificación o no al Concurso Oficial de Agrupaciones Infantiles “Carnaval de las Promesas” 2012, será por mayoría simple. Si aún así se mantuviera empatada la desición, el voto del Presidente del Jurado será quien defina la clasificación o no del conjunto evaluado.
El fallo de la Prueba Evaluatoria se dará a conocer en la Intendencia de Montevideo, inmediatamente finalizada la JORNADA DELIBERATIVA.
Artículo 27º – Todos los conjuntos que superen la Prueba Evaluatoria podrán participar del Concurso Oficial de Agrupaciones Infantiles “Carnaval de las Promesas”
EL FALLO DEL JURADO ES INAPELABLE.
Capítulo X – Disposiciones Generales.
Artículo 28º – Todos los casos y situaciones no previstas en este Reglamento, serán resueltos por la Gerencia de Eventos y su asesoría legal.
Artículo 29º – Por el solo hecho de inscribirse para participar de la Prueba Evaluatoria para el Concurso Oficial de Agrupaciones Infantiles “Carnaval de las Promesas” 2012, declaran conocer y aceptar en todos sus términos lo establecido en el presente reglamento.
Montevideo, octubre de 2011.-
[…] La prueba de admisión para el concurso de carnaval de las promesas 2012 se llevará a cabo en una carpa frente a Casa de Andalucía, en Gonzalo Ramírez y Pablo de María. A continuación te pasamos a detallar todas las etapas con los diferentes conjuntos de todas las categorías, humoristas, murga, revista, parodistas, lubolos y escolas de samba. Ver Reglamento de la Prueba de Admisión del Carnaval de las Promesas 2012. […]