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10 febrero, 2009 a las 2:41 #24921
Circe
ParticipanteReglamento del Concurso Oficial
Carnaval 2009ARTÍCULO 1.
El Jurado que dictaminará en el Concurso de Agrupaciones estará integrado por un Presidente titular, dos Presidentes alternos, 8 jurados titulares, 4 alternos- que actuarán en las 3 ruedas – y un funcionario administrativo, el cual oficiará de Secretario del cuerpo, designados por la I.M.M. El Presidente, al igual que los demás miembros del Jurado, deberán tener amplios conocimientos sobre Carnaval y, específicamente en los casos que así lo requiera para quienes calificarán, conocimientos técnicos sobre el rubro en el que se desempeñarán, no pudiendo haber estado vinculados a esta actividad ni como Directores de Conjunto, ni como componentes o técnicos, ni como empresarios de escenarios Carnavalescos en los tres últimos años. La División Turismo podrá designar un Asesor Jurídico que asistirá técnicamente al Presidente del Jurado en la aplicación del Reglamento.
ARTÍCULO 2.Serán deberes del Presidente:
A- Ordenar y fiscalizar el trabajo del Jurado, así como realizar lo necesario para la unificación de criterios en el trabajo del mismo, previo al inicio del certamen.
B.- Hacer cumplir el reglamento del Concurso Oficial en todos sus términos.
C- Ser responsable de la comunicación del Jurado con los diferentes conjuntos así como con la prensa, dado que los demás integrantes del cuerpo se abstendrán de efectuar declaraciones durante la realización del Concurso.
D.- Disponer los procedimientos que aseguren el correcto funcionamiento del sistema utilizado y la realización de los escrutinios correspondientes.
E.- En caso de ausencia de alguno de los jurados titulares, habilitará al jurado que tomará su lugar. Toda otra situación no prevista, será regida por el Art. 45 del presente reglamento.En caso de ausencia temporal del Presidente del Jurado, éste será sustituido por el 1er. Presidente alterno. Si, por motivos de fuerza mayor, debiera abandonar el cargo durante la realización del Concurso, el 1er.Presidente alterno tomará su lugar, quedando el 2do. Presidente alterno a la orden de cualquier requerimiento.
ARTÍCULO 3.Para la designación de los jurados deberán tenerse en cuenta sus antecedentes, tanto en lo que hace a conocimientos técnicos, como sobre las características de los espectáculos del Carnaval. Una vez designados los jurados, los directores de conjuntos dispondrán de hasta 5 días hábiles para recusar la nominación de algun/os de los miembros del jurado, con argumentos fundados y por escrito ante la Dirección de la División Turismo de la Intendencia Municipal de Montevideo, la cual decidirá, rechazando o haciendo lugar a la recusación, con o sin audiencia de la persona recusada y en plazo perentorio de tres días hábiles.
ARTÍCULO 4.
ARTICULO 5. – DEFINICIÓN DE LOS RUBROSRUBRO No. 1- ARREGLOS CORALES – VOCES y MUSICALIDAD
Este Jurado entenderá en todo lo que hace a la expresión musical de cada conjunto. Se tendrán en cuenta como elementos esenciales los caracteres que conforman este rubro, analizándolos no solamente dentro de los valores que encierran en sí mismos, sino también dentro de los parámetros que contiene y caracteriza cada propuesta. Para otorgar el puntaje en este rubro se deberá tener en cuenta:En lo que respecta a voces: rendimiento, claridad y afinación del coro ejecutante, así como de las voces solistas, prevaleciendo conceptualmente el trabajo colectivo, por sobre las interpretaciones individuales.
En lo que refiere a arreglos corales: deberá primar la creatividad de los mismos, como así también la variedad de arreglos realizados por el coro.
En lo relativo a la musicalidad: se tendrá en cuenta todo el entorno musical que rodea al espectáculo conformado por la cantidad y la variedad de sus músicas, junto a los matices, ritmos y climas acordes con el espectáculo planteado.
Los conjuntos de las categorías Humoristas y Parodistas, podrán utilizar música en vivo o pistas grabadas, valorándose en cada caso el ajuste, la calidad y el aporte artístico que aporten al espectáculo. Sí en cambio se verá afectado, cuando en cualquiera de estas dos opciones surjan desajustes en su afinación o sincronización, que alteren sustancialmente la musicalidad del espectáculo.
Se deja expresa constancia que en el caso que los conjuntos utilicen pistas grabadas, no podrán incluir en ellas voces humanas o registros tales que simulen éstas, en beneficio de servir de apoyo o complemento a las voces o arreglos corales interpretados en vivo por el conjunto. Solo se podrán incluir voces humanas habladas, sin violar los requisitos antedichos, siempre y cuando no superen los treinta segundos en el total de la actuación. En el caso de la categoria Sociedad de Negros y Lubolos, el jurado tendrá en cuenta al calificar la musicalidad, la calidad técnica de la cuerda de tambores.NOTA: Tanto para la categoría HUMORISTAS como PARODISTAS, el acompañamiento instrumental, TENDRÁ SU CALIFICACIÓN, ya sea grabado en pista o ejecutado en vivo por un conjunto instrumental.
Este rubro, en el que actuarán 2 jurados, calificará en TRES RUEDAS INDEPENDIENTES en las diversas categorías.
La escala a aplicar por cada uno de los jurados, será la siguiente:MURGAS: El puntaje será de hasta 11 en voces, 11 en arreglos corales y 8 en musicalidad.
REVISTAS: El puntaje será de hasta 5 en voces , 5 en arreglos corales y 10 en musicalidad.
LUBOLOS: El puntaje será de hasta 5 en arreglos corales , 5 en voces y 10 en musicalidad.
PARODISTAS: El puntaje será de hasta 6 en voces, 6 en arreglos corales y 6 en musicalidad.
HUMORISTAS: El puntaje será de hasta 5 en voces, 5 en arreglos corales y 3 en musicalidad.
RUBRO Nro. 2 – FUNDAMENTOS DE LA CATEGORÍA-
Este Jurado evaluará la calidad artística en los aspectos fundamentales de cada categoría, así como la capacidad de cada conjunto para conseguir con sus espectáculos el mejor grado de comunicación y aprobación del público. A diferencia del anterior “Ajuste a la Categoría”, no sólo considerará la presencia de dichos elementos, sino la forma en que sean llevados a la práctica, premiando en su puntaje la creatividad, el ingenio y el matiz diferente que se logre dar a los espectáculos.Nivel de parodias, efectividad en materia de comicidad de las humoradas, crítica y sátira en la murga, evolución de la Comparsa sin apartarse de su ancestralidad y espectáculo global revisteril (según corresponda) serán los aspectos que deberá priorizar al otorgar su puntaje. En materia de comunicación deberá considerar, junto a sus sensaciones personales, la respuesta del público, en lo que hace al logro por parte del conjunto de los climas que busca durante su actuación (risa, alegría, silencios, emotividad, mensaje, etc.), no tomándose en cuenta la “popularidad” del conjunto, reflejada en número de espectadores que lo apoyan incondicionalmente.
La cuota de humor y alegría será de importancia en la calificación final, en todas las categorías, considerando que es uno de los elementos característicos de nuestro Carnaval.
Este rubro calificará TRES RUEDAS INDEPENDIENTES en las diversas categorías. La escala a aplicar será la siguiente:
MURGAS: el puntaje será de hasta 20.
REVISTAS: el puntaje será de hasta 20.
LUBOLOS: el puntaje será de hasta 20.
PARODISTAS: el puntaje será de hasta 14
HUMORISTAS: el puntaje será de hasta 24.
RUBRO Nro. 3- TEXTOS E INTERPRETACIÓN –
Este Jurado considerará los valores literarios de todos los textos utilizados por los conjuntos, ajustándose a las definiciones y características de cada categoría, priorizando la sutileza, la picardía y el doble sentido por sobre lo grosero y lo soez, así como el espíritu Carnavalero que es esencia del mismo. En las categorías lubolos y revistas valorará especialmente la coherencia en el contenido de los textos, en parodistas la creatividad y el ingenio para llevar adelante las parodias que se plantean respetando la temática de la obra o hecho elegido. En el caso de los humoristas se priorizará el sentido cómico de los libretos y en murgas la cuota de crítica y sátira de la actualidad que es esencia de la categoría, así como el ingenio para plantear la misma apostando a la creatividad por encima del mensaje directo.En todos los casos los textos se valorarán en la medida en que, sin perder calidad, reflejen con claridad su sentido, siendo así de mejor y más rápido recibo por parte del público. El recurso de apelar a tintes dramáticos o emotivos puede enriquecer el desarrollo del espectáculo, pero utilizado en exceso escapa a la esencia del Carnaval.
En lo que tiene que ver con la parte interpretativa, el trabajo grupal deberá ser valorado por encima de los rendimientos individuales. Estos deberán estar volcados al servicio del espectáculo y no convertirse en el centro de los mismos.
Este rubro, en el que actuarán 2 jurados, calificará TRES RUEDAS INDEPENDIENTES en las diferentes categorías.
La escala a aplicar por cada uno de los jurados, será la siguiente:MURGAS: el puntaje será de hasta 20 en textos y 10 en interpretación.
REVISTAS: el puntaje será de hasta 8 en textos y 8 en interpretación.
LUBOLOS: el puntaje será de hasta 12 en textos y 8 en interpretación.
PARODISTAS: el puntaje será de hasta 20 en textos y 18 en interpretación.
HUMORISTAS: el puntaje será de hasta 20 en textos y 20 en interpretación..
RUBRO No. 4- PUESTA EN ESCENA Y MOVIMIENTO ESCÉNICO-
Este jurado calificará todo lo atinente a los planteos escénicos de los espectáculos presentados. Puesta en Escena se refiere a la coordinación de todos los elementos que intervienen en el espectáculo: luces, ambientación, movimiento escénico, contra escena, entre otros. El Movimiento Escénico, componente fundamental de la Puesta en Escena, comprende la dinámica y la utilización del espacio, así como las figuras que componen en la escena todos los intérpretes. Este jurado tendrá en cuenta el ingenio, la creatividad y la originalidad en la combinación de todos los elementos, el uso del espacio y los matices rítmicos de las escenas en la totalidad del espectáculo; así como el modo en que se traducen escénicamente las situaciones propuestas en el texto, manteniendo en sus juicios evaluatorios un criterio acorde con lo que son las características esenciales de un espectáculo de Carnaval. Esto no implica el desconocer la calidad artística que el aporte de técnicas de otros géneros puedan aportarle al espectáculo, pero siempre y cuando no afecten la informalidad alegre y contagiosa que genera el clima adecuado para mantener la esencia de Carnaval.En la categoría murgas se considerará muy especialmente el característico movimiento que distingue al género y el trabajo de puesta en escena deberá apuntar a jerarquizarlo en la mayor parte del espectáculo.
En el caso de los Lubolos, se pondrá especial atención en la utilización de los símbolos (Estandartes, banderas, media luna y estrella).
Este rubro calificará TRES RUEDAS INDEPENDIENTES en las diversas categorías. La escala a aplicar sera la siguientes:
MURGAS: el puntaje será de hasta 10 en puesta en escena y 10 en movimiento escénico.
REVISTAS: el puntaje será de hasta 8 en puesta en escena y 8 en movimiento escénico.
LUBOLOS: el puntaje será de hasta 10 en puesta en escena y 10 en movimiento escénico.
PARODISTAS: el puntaje será de hasta 14 en puesta en escena y 6 en movimiento escénico.
HUMORISTAS: el puntaje será de hasta 10 en puesta en escena y 10 en movimiento escénico.RUBRO No. 5- COREOGRAFÍA Y BAILES-
Este Jurado calificará todo lo que tiene que ver con bailes y coreografías dentro de los espectáculos, valorizando, al momento de otorgar su puntaje, el trabajo grupal, estilo, rendimiento y prolijidad del cuerpo de baile, así como el destaque de los solistas en las categorías en que este rubro es de valor esencial.
La variedad, riqueza y creatividad de las coreografías planteadas, la utilización del espacio escénico, así como la fidelidad en las diferentes modalidades. En la categoría parodistas será elemento enriquecedor el hecho de que los bailes estén integrados a la temática del espectáculo. Este Jurado tendrá puntaje acotado en la categoría humoristas que no exige el rubro, por lo que manejará su puntaje acorde a este concepto. No otorgará puntaje en categoría murgas. En el caso de los Lubolos, se pondrá especial atención en la esencia de los personajes típicos, gramillero, mama vieja y escobero. También al equilibrio de las coreografías, entre lo técnico y lo candombero.Este rubro calificará TRES RUEDAS INDEPENDIENTES en las diversas categorías. La escala a aplicar será la siguientes:
MURGAS: no califica.
REVISTAS: el puntaje será de hasta 22 en coreografía y 22 en bailes.
LUBOLOS: el puntaje será de hasta 20 en coreografía y 20 en bailes.
PARODISTAS: el puntaje será de hasta 6 en coreografía y 6 en bailes.
HUMORISTAS: el puntaje será de hasta 5 en coreografía y 5 en bailes.
RUBRO No 6 – VESTUARIO, MAQUILLAJE Y ESCENOGRAFIA-
Para este Jurado será elemento fundamental al momento de calificar, la coherencia entre la temática que se desarrolla y los rubros que se consideran. En todos los casos se priorizará la creatividad y el ingenio, teniéndose en cuenta asimismo el carácter carnavalero que deben mostrar tanto los vestuarios, como el maquillaje y la escenografía. Los elementos de utilería que enriquezcan el planteo escénico serán considerados a la hora de otorgar el puntaje, así como la prolijidad y calidad de confección tanto en ropa como en escenografía.
En lo que refiere al maquillaje, en la categoría murgas se prestará especial atención al colorido, combinación con el vestuario y creación de personajes. Este último elemento también será considerado trascendente en las restantes categorías, cuando se trate de caracterizar a un determinado participante de la escena. En el caso de los Lubolos, se prestará especial atención al vestuario y elementos utilizados por el Gramillero, la Mama Vieja, el Escobero y la cuerda de tambores.Este rubro calificará TRES RUEDAS INDEPENDIENTES en las diversas categorías. La escala a aplicar será la siguiente:
MURGAS: el puntaje será de hasta 10 en vestuarios, 6 en maquillaje. No puntea en escenografía..
REVISTAS: el puntaje será de hasta 10 en vestuarios, 4 en maquillaje y 10 en escenografía..
LUBOLOS: el puntaje será de hasta 10 en vestuarios, 6 en maquillaje. No puntea en escenografía.
PARODISTAS: el puntaje será de hasta 12 en vestuarios, 6 en maquillaje. No puntea en escenografía.
HUMORISTAS: el puntaje será de hasta 8 en vestuarios, 8 en escenografía. No puntea en maquillaje.
NOTA. Todos los jurados calificarán en “VISION GLOBAL DEL ESPECTACULO”. Reflejarán en el puntaje su opinión sobre cada uno de los espectáculos, considerando la globalidad de los mismos, reflejada en una síntesis de todos los rubros volcada hacia el mejor logro final y teniendo en consideración el humor volcado en sus letras y/o actuación escénica. De lo antedicho surge claramente que no deberán dejarse influir por algún aspecto puntual de un espectáculo, sino calificar los méritos y los defectos que a su juicio existan en el mismo, sintetizándolos en su puntaje final.
El puntaje a aplicar por cada uno de los jurados en este rubro será de hasta 8 puntos.ARTICULO 6 – ESCALAS DE PUNTAJE
La escala de puntaje que surja de la suma de las calificaciones otorgadas en las dos primeras ruedas y en las tres en el caso de aquellos conjuntos que clasifiquen a la Liguilla, deberá reflejar el orden de méritos que cada jurado halla estimado que tienen los diferentes espectáculos en el rubro que le ha tocado calificar. Las fallas puntuales que puedan haberse detectado en alguna de las actuaciones sólo deberán pesar en el puntaje, en la medida en que incidan decisivamente en el desarrollo del espectáculo en que se produjeron.
Bajo ningún concepto un jurado podrá desmerecer el puntaje de un conjunto por entender, a su criterio, que no ha cumplido con las exigencias de este Reglamento. En tal situación deberá realizar un planteo al Presidente y de ser el hecho constatado una falta, deberán aplicarse las sanciones previstas en el capítulo respectivo. El puntaje debe limitarse a reflejar la opinión sobre el espectáculo en el rubro que a cada uno corresponde calificar.DEL CONTROL DE LOS REPERTORIOS
ARTÍCULO 7. –
El Concurso Oficial al igual que todos los espectáculos Carnavalescos se regirán por las normas legales vigentes respecto de la libertad de expresión del pensamiento.
ARTÍCULO 8. –
Los conjuntos deben presentar su repertorio en el momento de la inscripción en la forma que determine la División Turismo. Podrán efectuar modificaciones en el libreto presentado en el momento de la inscripción hasta 72 horas antes de su presentación en el Concurso Oficial, siempre que dichos cambios no alteren sustancialmente el espíritu de los presentados en primera instancia. Dichas variantes deberán ser presentadas al Presidente del Jurado y pasarán a integrar el libreto del conjunto para el resto del Concurso.
Los conjuntos en cualquiera de sus actuaciones en el Concurso podrán realizar dentro de sus espectáculos las partes que entiendan convenientes de los libretos presentados, pero sin variar la estructura básica del espectáculo. Las “mechas” quedan fuera del régimen de presentación previa, siempre y cuando sean breves y apunten al enriquecimiento del espectáculo. Su realización en todo caso queda a entera responsabilidad del director del conjunto en lo que hace a cumplir con las normas legales generales y de este reglamento.
DEL CONCURSO OFICIALARTÍCULO 9.
El Carnaval Oficial comenzará con el Desfile Inaugural y finalizará con la entrega de premios y menciones y se compondrá de tres ruedas independientes entre sí: La suma de los puntajes de la 1ª y 2ª Rueda definirán los pasajes a la 3ª. Rueda o Liguilla en la que participarán los conjuntos de todas las categorías que hayan sumado mayor puntaje de acuerdo al sistema que se detalla más adelante..
ARTÍCULO 10.
D.A.E.C.P.U (Directores Asociados de Espectáculos Carnavalescos Populares del Uruguay) designará un representante que oficiará de delegado entre los directores responsables de los conjuntos concursantes y el Presidente del Jurado con el único fin de establecer los contactos que sean necesarios entre las partes, así como un Coordinador que colaborará en todo lo concerniente al espectáculo propiamente dicho a los efectos de facilitar la agilidad y continuidad del mismo.
ARTÍCULO 11.
Previo al comienzo del Concurso Oficial a cada uno de los integrantes del Jurado les será asignada una clave de acceso al Sistema Informático desarrollado para brindar soporte a las actividades Carnavalescas. Esta clave de carácter secreto, personal e intransferible, podrá ser modificada en cualquier momento por el usuario al que fue asignada, quien mediante la misma otorgará, una vez finalizada la actuación de cada conjunto concursante, el puntaje que estime conveniente. Este puntaje deberá ser confirmado o ratificado por el Jurado, mediante el uso de su clave y el sistema emitirá la boleta correspondiente para ser depositada en la urna, con las garantías de custodia correspondientes.
La información quedará almacenada en una base de datos instalada en un servidor en la I.M.M., garantizando la confidencialidad y acceso restringido a los datos, de acuerdo a las reglas de administración de usuarios definidas. Al término de la actuación de los conjuntos concursantes, el funcionario administrativo del Jurado entregará a cada integrante del cuerpo el sobre respectivo en el que constará el nombre del conjunto calificado, fecha de actuación, número de etapa y de rueda correspondientes e identificación del jurado calificador, que este firmará debidamente. Acto seguido los siete sobres serán entregados al Presidente del Jurado el que los depositará dentro de otro de mayor tamaño, el que firmará conjuntamente con el Secretario Administrativo actuante, estableciéndose en la cubierta del mismo, los datos de identificación correspondientes. Dichos sobres serán guardados con total garantía en una urna especial habilitada al efecto. Las boletas de calificación sólo podrán ser extraídas de los sobres al finalizar el Concurso Oficial.
Al concluir cada etapa se entregará al representante de DAECPU un acta conteniendo la integración del jurado actuante en esa etapa, nómina de los conjuntos que participaron, horario de comienzo y finalización de cada una de las actuaciones y las sanciones y observaciones si las hubiere.
ARTÍCULO 12.
El Presidente del Jurado tendrá su clave personal, secreta e intransferible con la que:
a) Deberá ingresar una vez aplicadas las sanciones que signifiquen descuentos de puntaje para hacer efectivo el mismo en el puntaje total del conjunto al término de cada rueda.
b) Emitir los listados correspondientes a los conjuntos que clasifiquen para la 2 da. Rueda y para la Liguilla.ARTÍCULO 13.
Accederán a la Segunda Rueda 44 (cuarenta y cuatro) conjuntos. Quedando eliminados del Concurso, aquellos cuatro conjuntos, de cualquier categoría, que hubieran obtenido los cuatro menores puntajes otorgados por el jurado en esta primera rueda.
La liguilla estará integrada por 28 conjuntos y pasarán a la misma aquellos que, sumados los puntajes de la Primera y Segunda Rueda, se encontrasen en las siguientes posiciones: los primeros 3 (tres) Humoristas, los primeros 4 (cuatro) Parodistas, las primeras 3 (tres) Revistas, las primeras 4 (cuatro) Lubolos y las 12 (doce) primeras Murgas. Los cupos restantes que no hubieran sido ocupados por empates en sus categorías, serán para el o los conjuntos mejor puntuados. De existir empate en el último lugar de éstos cupos extras, accederan a la Liguilla todos los que se encuentren en dicha situación.ARTICULO 14.
Los conjuntos que clasifiquen para la Segunda y para la Tercera Rueda o Liguilla, se conocerán de un listado emitido por el sistema informático, autorizado por el Presidente del Jurado en instancia pública, de la que participará el delegado de DAECPU. Este listado será emitido en orden alfabético por el nombre de los conjuntos y, en ningún caso, se conocerán los puntajes con los que accedieron a dichas Ruedas, ni los puntajes de aquellos que no clasificaron para estas instancias.
En caso de empate de dos o mas conjuntos en el último puesto de la categoría habilitado para ingresar a las fases siguientes del Concurso, (Segunda y Tercera Rueda o Liguilla), los mismos tendrán derecho a ingresar a dichas instancia, según corresponda.
ARTÍCULO 15.
Los campos de especificación de puntaje serán obligatorios y en caso de no ajustarse lo digitado por un jurado a los guarismos máximos establecidos para ese rubro y en esa categoría, serán rechazados por el Sistema y no se emitirá boleta de votación, debiendo el jurado repetir el procedimiento hasta digitarlo de modo correcto.
ARTÍCULO 16.
A la finalización del Concurso Oficial de Agrupaciones, concluida la última etapa del mismo, el Jurado conjuntamente con los funcionarios que la División Turismo designe al efecto, tres representantes de D.A.E.C.P.U y un Escribano Municipal que labrará el acta respectiva se reunirán a efectos de emitir el fallo.
De inmediato el Presidente del Jurado asistido por los funcionarios administrativos actuantes, procederá a la apertura de las urnas que contengan los sobres de las 3 (tres) Ruedas, contará los mismos, clasificándolos por categoría y nombre del conjunto.Acto seguido se procederá a la apertura de los sobres, de a uno por vez, contabilizándose de inmediato lo dictaminado por cada jurado, en planillas de clasificación que a tales efectos proporcionará la División Turismo.
Las boletas de clasificación, fiscalizadas y contabilizadas, serán guardadas sin sufrir alteración de ninguna índole, a efectos de un eventual contralor posterior. El resultado final será el producto de la sumatoria de las tres ruedas. El fallo del Jurado será inapelable.
ARTÍCULO 17.
La escala de premios a adjudicarse en cada categoría, así como los montos porcentuales de cada una de ellas, serán fijados previamente por D.A.E.C.P.U .
Los conjuntos participantes del Concurso Oficial que no pasen a la Tercera Rueda o Liguilla, no tendrán derecho a las retribuciones económicas establecidas en el presente artículo. Los montos correspondientes a los premios que se declaren desiertos se distribuirán de la siguiente manera: un cincuenta por ciento dentro de la categoría correspondiente y el restante cincuenta por ciento entre las demás categorías.
ARTÍCULO 18.
En caso de empate en alguno de los premios en disputa, se sumará el importe del premio empatado o empatados y el posterior o posteriores, dividiéndose entre los conjuntos que igualen en puntaje. Los conjuntos participantes en la Liguilla, recibirán como compensación especial el cincuenta por ciento de la recaudación líquida de la misma.
ARTÍCULO 19.
El Jurado podrá otorgar Menciones Especiales para componentes o técnicos destacados en las distintas categorías los que pueden ser individuales o colectivos. Dichas menciones no tendrán contenido económico y se señalarán mediante la entrega de objetos artísticos.
ARTÍCULO 20.
Los espectáculos del Concurso Oficial comenzarán el día y sus etapas se iniciarán a las 20 horas y 45 minutos. Podrán ser suspendidos por los Administradores del Certamen por mal tiempo u otras razones de fuerza mayor hasta una hora antes de la fijada para la iniciación del espectáculo. A partir de ese momento y por causas similares solamente el Presidente del Jurado está facultado para suspender total o parcialmente una etapa. Las etapas suspendidas pasarán al final de la rueda correspondiente. De tal resolución se deberá dar cuenta a los interesados, comunicándole por escrito las nuevas fechas de actuación.
CAPÍTULO IV – DE LA ACTUACIÓN EN DESFILES Y ESCENARIOS
ARTÍCULO 21.
La División Turismo de común acuerdo con D.A.E.C.P.U., podrá autorizar la integración de otras atracciones que se consideren de interés para mayor brillo del espectáculo.
ARTÍCULO 22.
No se permitirá la participación en ninguna clase de presentación, de menores de edad que no posean el correspondiente permiso del Instituto del Niño y Adolescentes del Uruguay (I.N.A.U.).
ARTÍCULO 23.
En su presentación en los escenarios, los conjuntos deberán actuar en las condiciones, que a tales efectos, se indica en la reglamentación respectiva, de acuerdo a lo establecido en el Art. 30 del REGLAMENTO GENERAL DEL CARNAVAL.
ARTÍCULO 24.
Los integrantes inscriptos, cualquiera sea la categoría, deberán participar en el ochenta por ciento (80%), como mínimo, de las actuaciones del conjunto en los distintos escenarios, no permitiéndose, bajo ningún concepto, la inscripción de componentes para actuar única y exclusivamente en los espectáculos del Concurso Oficial.
Se establece, además que, en beneficio de la mayor brillantez de los espectáculos, se exonera de esta disposición a los conjuntos que revistan en la categoría Sociedad de Negros y Lubolos, en lo que tiene que ver con tamborileros, portabanderas y porta estandartes, pero de ninguna manera en cuanto a sus primeras figuras como ser: vedettes, cantantes, bailarinas y bailarines, escoberos, gramilleros o mamas viejas.
Únicamente se podrán autorizar modificaciones, en caso de enfermedad del componente titular de una agrupación u otras razones de fuerza mayor debidamente comprobadas.
En todos los casos el Director responsable deberá elevar una solicitud en tal sentido, presentando la documentación y/o certificados que acrediten la veracidad del hecho.
Cuando se trate de enfermedad, la División Turismo podrá requerir que el Servicio Médico Municipal constate si el componente que se solicita cambiar está o no en condiciones de actuar.ARTÍCULO 25.
La transgresión a lo dispuesto será sancionado con multas que variarán de acuerdo a la gravedad de las inasistencias y que como mínimo será equivalente al 20 % (veinte por ciento) del premio que pudiera corresponder al infractor, pudiendo llegar al 50 % (cincuenta por ciento) del mismo. Las actuaciones se sustanciarán con denuncias a la División Turismo, la que adoptará las medidas que estime oportunas, de acuerdo a las circunstancias, en forma fundada y previa vista al Director del conjunto.
DE LAS ACTUACIONES EN EL CONCURSO OFICIAL
ARTÍCULO 26.
Los conjuntos que participen del Concurso Oficial de Agrupaciones no podrán participar hasta que se emita el fallo de este certamen en otros concurso dentro o fuera del departamento.
ARTÍCULO 27.
El Concurso Oficial se realizará en el local que se determine oportunamente cumpliéndose en tres etapas independientes:
PRIMERA RUEDA: tomarán parte los conjuntos que lograron clasificarse a la Liguilla en el Concurso Oficial realizado el año inmediato anterior (32 conjuntos) y aquellos que hayan sido aprobados por el Jurado de Admisión en la prueba correspondiente al presente Carnaval (16 conjuntos).
SEGUNDA RUEDA: En esta rueda participarán 44 conjuntos, eliminándose por consiguiente 4 conjuntos que serán los que hayan obtenido los menores puntajes en la 1a. Rueda. Estos se conocerán de un listado emitido por el sistema informático, autorizado por el presidente del jurado en instancia pública, de la que participará el delegado de DAECPU. Este listado será emitido en orden alfabético por el nombre de los conjuntos y en ningún caso se conocerán sus puntajes. En caso de empate en el cuadragesimo lugar, por dos o mas conjuntos, los mismos tendrán derecho a participar en ésta rueda.
TERCERA RUEDA O LIGUILLA: tomarán parte los conjuntos que de acuerdo a lo dictaminado por el Jurado se hayan acreditado este derecho de acuerdo a las condiciones que se establecen en el Art. 13 de este reglamento. Cabe señalar que, en caso de registrarse empates en el último lugar habilitado para ingresar a esta instancia en los 28 cupos predeterminados, se regirá por lo dispuesto en el Art. 14 del presente reglamento. Si el empate se registrara en cualquier otra ubicación anterior a la última se mantendrán los cupos establecidos diez (12) para la categoría Murgas, cuatro (4) para la categoría de Lubolos, cuatro (4) para la categoría de Parodistas, tres (3) para la de Humoristas, tres (3) para la categoría de Revistas y dos (2) mejores punteados de cualquier categoría.
ARTÍCULO 28
Las agrupaciones están obligadas a participar de los espectáculos del Concurso Oficial, toda vez que sean citadas por resolución del Jurado. De no hacerlo, quedarán automáticamente eliminadas del certamen.
ARTÍCULO 29
De cada etapa del Concurso Oficial se hará un listado de la programación para conocimiento de los Directores Responsables de los conjuntos, sin perjuicio de que se les cite por parte de D.A.E.C.P.U, a cada uno en forma individual y por escrito, indicándose día y hora en que deberán estar presentes en el local en que se desarrolle la misma.
Esta convocatoria se realizará con no menos de veinticuatro horas de anticipación con relación a la fecha en que deban actuar.
En caso de llegada tarde con relación a la hora fijada en la citación, el Presidente del Jurado aplicará las penas previstas para tal causa en el capítulo correspondiente a sanciones. A efectos de acreditar la hora de llegada de los conjuntos con la totalidad de sus integrantes, al local donde se realice el Concurso Oficial, el Director Responsable de cada agrupación deberá firmar el registro que a tal efecto se establezca, en presencia del funcionario administrativo que la División Turismo designe a tal fin.
ARTÍCULO 30.
En caso de que el Concurso Oficial se lleve a cabo en el Teatro Municipal de Verano “Ramón Collazo” la IMM y DAECPU suscribirán por separado y de común acuerdo un convenio en el que establecerán las condiciones correspondientes.
DE LAS SANCIONES
ARTÍCULO 31.
Las agrupaciones pueden ser sancionadas por la División Turismo, o por el Jurado, en lo que a cada uno de ellos compete.
Estas medidas se aplicarán a través de descuentos de puntajes, sanciones económicas o bien, mediante el retiro temporal o definitivo del permiso de salida, ya sea para actuaciones en los Desfiles Oficiales o en los espectáculos del Concurso Oficial.
Cuando se apliquen sanciones económicas, DAECPU deberá descontar los montos que correspondan en cada caso y lo destinará al fondo de Carnaval del próximo año.
ARTÍCULO 32
El Jurado podrá aplicar sanciones económicas, en forma fundada y en los siguientes casos:
a) Realizar propaganda comercial o político-partidaria, en cualquier forma. En cuanto a la propaganda comercial se exceptúa la emisión verbal del presentador sobre las firmas patrocinantes del espectáculo.
b) Efectuar la quema de fuegos de artificio no fríos dentro del recinto del Teatro de Verano, durante sus actuaciones en el Concurso Oficial. Si se pretendiera la quema de fuegos de artificio como parte del espectáculo, para ser utilizados fuera del recinto del Teatro, deberá anunciarse previamente y presentarse conjuntamente las autorizaciones del Cuerpo de Bomberos y el Servicio de Material y Armamento y toda otra autorización que pueda imponerse en el futuro.
c) Incluir en su reporte de artistas, a menores de edad, que no estuvieren debidamente autorizados de acuerdo a la legislación en la materia.
d) Utilizar símbolos patrios y/u oficiales.
e) Realizar alusiones o referencias agraviantes hacia símbolos patrios u oficiales.
f) Ingresar al recinto del Jurado durante el desarrollo del espectáculo respectivo.
g) Utilizar animales vivos que a juicio del Jurado pongan en peligro el desarrollo del espectáculo o la seguridad del público. El conjunto que pretenda tal utilización deberá consultarlo previamente pudiendo exigirse la consulta y la autorización por escrito.
h) Arrojar globos, pelotas y cualquier objeto desde el escenario hacia la platea, como parte del espectáculo.ARTÍCULO 33.
En caso de retraso en la hora de presentación, el Presidente del Jurado aplicará las sanciones económicas de acuerdo al siguiente régimen:
a) hasta un máximo de quince (15) minutos tarde con relación a la hora fijada en la citación, se aplicará una multa equivalente al cinco por ciento (5%) del premio que pudiera corresponder al infractor.
b) Entre quince (15) y treinta (30) minutos tarde con respecto a la hora fijada en la citación, se aplicará una multa equivalente al diez por ciento (10%) del premio que pudiera corresponder al infractor.
c) Más de treinta (30) minutos tarde con relación a la hora fijada en la citación, se dispondrá la eliminación automática del infractor, del Concurso Oficial.Previo a la aplicación de la sanción se le otorgará vista al conjunto respectivo, el que deberá evacuarla en las veinticuatro horas siguientes y en la que podrá justificar el retraso verificado.
La decisión del Jurado será apelable ante la División Turismo y se presentará dentro de las veinticuatro horas de emitida la decisión de aquel y decidida en plazo de tres días. Pasado dicho plazo se entenderá rechazada la impugnación.
ARTÍCULO 34.
El Jurado aplicará descuentos de puntaje en caso de constatar retrasos sin justificación fundada en el inicio de la actuación correspondiente. Todos los conjuntos de todas las categorías tendrán un tiempo máximo de 10 (diez) minutos para armar y/o desarmar su escenografía, dejando en el caso de desarmado, libre el escenario de elementos componentes de la misma. Su tiempo empezará a contabilizarse desde el momento en que el jurado de por finalizado la actuación del conjunto. Al finalizar el desarmado del conjunto anterior, comenzará inmediatamente a contabilizarse, el tiempo del armado de la escenografía del conjunto que actuará a continuación. El Presidente del Jurado podrá dictaminar si correspondiere penalización. En dicho caso se estampará por acta y se aplicará a razón de 2 (dos) puntos por cada minuto luego de finalizado el tiempo máximo otorgado para el armado y/o desarmado de la escenografía. Toda transgresión a lo dispuesto en el presente artículo, deberá ser considerada – en caso de presentar causa justificada el Director del conjunto – en el mismo momento por el presidente del jurado y su fallo, que no señalará precedente alguno, solamente será apelable ante del Director de la División Turismo de la Intendencia Municipal de Montevideo.
ARTICULO 35.
El jurado podrá sancionar entre 12 y 24 puntos en caso de que el conjunto no se ajustare al repertorio oportunamente registrado, en forma que distorsione pasajes fundamentales del mensaje de la obra respectiva, dependiendo la sanción de la importancia de la alteración.
ARTÍCULO 36
El jurado aplicará el descuento de 24 puntos al conjunto que:
a) incluya en sus actuaciones integrantes que no estuvieran debidamente registrados en las oportunidades reglamentarias
b) cuando un conjunto al realizar su presentación en el Concurso Oficial utilice más componentes que los permitidos en la categoría
c) no llegue al mínimo requerido por la misma.ARTÍCULO 37
La División Turismo podrá aplicar sanciones económicas, el retiro del permiso de salida del conjunto o de alguno de sus componentes hasta por un año o el descuento del 30% del puntaje total obtenido, cuando se profirieran injurias de hecho o de palabra contra algún miembro del Jurado o del cuerpo como tal durante el Concurso. Si la injuria al jurado, de hecho o de palabra ocurriese durante la entrega de premios y/o menciones, se sancionará con hasta un 50% del premio obtenido o con un descuento de hasta el 30% del puntaje que obtenga en la 1a. Rueda en su próxima intervención en el Concurso Oficial, dependiendo de la gravedad de los hechos.
La actuación se sustanciará de oficio en un plazo máximo de veinticuatro horas, previa vista al Director Responsable con plazo de 3 días (72 horas). Pasado dicho plazo, se entenderá rechazada la impugnación.
ARTÍCULO 38
El Jurado admitirá un (1) minuto de tolerancia sobre los tiempos máximos de cada conjunto según su categoría, a efectos de permitir el descenso del conjunto. El referido minuto será señalado por el reloj instalado en el escenario y a su finalización, el conjunto deberá estar fuera del escenario. Luego se comenzará a aplicar descuentos de puntaje en caso de que se violen los tiempos de actuación adjudicados a cada categoría. La constatación fehaciente de parte del Presidente del Jurado se estampará por acta y se aplicará a razón de 2 (dos) puntos por cada minuto o fracción en más o en menos y podrá variar hasta 24 (veinticuatro) puntos como máximo.
ARTÍCULO 39
Los tiempos de actuación serán controlados por el Presidente del Jurado y serán computados desde el momento en que el presentador culmine de anunciar al participante.
ARTÍCULO 40.
En la Categoría Murga, aquellos conjuntos que se excedan del límite marcado por este Reglamento para el uso de instrumentos musicales serán sancionados con un descuento de 2 (dos) puntos por cada minuto o fracción.
En la Categoría Comparsa de Candombe, la falta de alguno de los elementos y/o personajes que exige el presente Reglamento podrá ser sancionada con un descuento de 6 (seis) puntos por cada infracción que se constate.ARTÍCULO 41.
En los casos en que apliquen sanciones que signifiquen descuentos en los puntajes adjudicados a las agrupaciones por sus actuaciones en los espectáculos del Concurso Oficial, se deberá dejar constancia de ellos en el Acta correspondiente, y serán inapelables. En todos los casos la aplicación de las sanciones será fundada.
ARTÍCULO 42 – DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LAS CATEGORÍAS
SOCIEDAD DE NEGROS Y LUBOLOSLas Sociedades de Negros y Lubolos son herederas de una tradición arraigada profundamente en las Salas de Nación de la época colonial, en la familia afrouruguaya y en las Asociaciones de Negros y Lubolos del SXX.
Los africanos traídos forzosamente a estas tierras, lograron transmitir herencias y valores de sus variadas y ricas culturas y en ese proceso crearon el único instrumento musical nacido en estas tierras: el Tambor.
Este nuevo instrumento genera ritmos, músicas y danzas. Toma algo de cada cultura africana que viajó a estas tierras, va nutriéndose de los hijos de africanos nacidos acá y nace el Candombe.
El tambor y el candombe en consecuencia son intransferiblemente afrouruguayos.
Los Lubolos, por lo tanto deben contribuir a la preservación de los valores culturales más entrañables de la tradición del Candombe.
Cada propuesta podrá optar por la recreación de los orígenes africanos y/o su ancestralidad, en lo autóctono o el vinculo con lo religioso desde el punto de vista estético y musical, sin que se reproduzcan ritos o invocaciones.
También se podrá recrear aspectos de la colonia u otros históricos. La propuesta podrá basarse en la actualidad, o podrá ser basada en un argumento que transcurrirá en el tiempo. Podrá ser una fantasía que se nutra del Candombe.
En todos los casos deberá ser tenida en cuenta la propuesta más candombera, al mismo tiempo que la calidad en los rubros que correspondan.
Todo esto debidamente inserto en la línea argumental de la propuesta.
El argumento será original y las letras y las músicas inéditas.
Tendrá un principio, desarrollo y fin, claros y definidos, poniendo énfasis en la comprensión del público, sin caer en facilismos.
La musicalidad en la Comparsa abarca desde lo rítmico, hasta lo coral, pasando por la orquesta.
Los tambores del Candombe hoy son tres y todos con una función específica a cumplir. La musicalidad de la cuerda de tambores debe estar fundamentada en la complejidad de la complementariedad permanente de cada tambor con el resto y en que existan y se escuchen las “conversaciones” entre los repiques y cuando “ronca” un piano y otros le responden, etc.
Los “cortes” que ejecutan las diferentes cuerdas o “bateas”, deben ceñirse a crear variaciones sobre el candombe, el milongòn, el afro o los ritmos llamados “de macumbas”
Los ritmos transmitidos y heredados por generaciones, se diferencian nítidamente en el terreno musical de los membranófonos y los ritmos brasileños o antillanos.
Los tambores podrán utilizar tensores, pero queda expresamente prohibida la utilización de parches de nylon o similares.
Se podrá incorporar todos los instrumentos de percusión que la propuesta musical requiera. Al mismo tiempo, el conjunto musical podrá estar integrado con un máximo de CINCO MÚSICOS, que podrán ejecutar cinco o más instrumentos.
Las propuestas musicales deberán tener en cuenta la forma de cantar de los coros de comparsa. Con canto solista y respuesta del coro en un porcentaje importante del espectáculo.
La orquesta tendrá que basar su musicalidad con énfasis en lo afrouruguayo y no en las formas de sonar caribeñas u otras. Esto no quita que se puedan realizar arreglos con diferentes influencias o fusiones que enriquezcan la propuesta, pero que no distorsionen el candombe.
Los Gramilleros, Mama Viejas y Escoberos, son los personajes más importantes y tradicionales del Candombe, por ser los que más cerca de la ancestralidad se encuentran, por lo que su presentación deberá ser calificada de acuerdo a esta importancia.
El Gramillero. Heredero de los Reyes de la Sala de Nación. Llamado así por ser el “médico brujo” o “curandero”. Favorecido con la sabiduría ancestral africana de la cura con hierbas, plantas, gramillas. De ahí su nombre.
Su danza está caracterizada por movimientos que son de una persona aparentemente entrada en años. Sin embargo los “temblores” característicos del Gramillero, deben asociarse más a un remedo de un estado de trance, que a la dificultad física de una persona mayor. La sabiduría de la medicina ancestral africana está vinculada indivisiblemente a la religiosidad.
El Gramillero viste de levita, levitón de colores oscuros preferentemente negro, galera o bombín en su cabeza, barba postiza de algodón, alpargatas o similar, puede utilizar polainas y hasta bailar descalzo. Camisa con yabó y pantalones que muchas veces quedan cortos a la altura del tobillo.
Lleva bastón que utiliza de forma muy acentuada en su danza. Puede portar un maletín de médico. Accesorio que lo caracteriza muy particularmente.
La Mama Vieja. Descendiente de la Reina de la Sala de Nación. En este personaje se resume mucha de la transmisión oral de la ancestralidad africana.
Su danza, asociada a la ritualidad, es alegre y cadenciosa. Las plantas de los pies contra el suelo. Siempre “atendiendo” al Gramillero, desde el punto de vista de seguirlo, acompañarlo, guiarlo a veces y también cuidarlo.
Casi siempre la Reina de la Sala de Nación, también era el “ama de llaves” o nodriza, o ambas cosas, en la casa del “amo”. Estos roles le permitieron ser la gran transmisora de valores y costumbres de la cultura africana primero y afrouruguaya después, hacia su gente, pero también hacia el resto de la sociedad ya que por su rol tenía más y mejor contacto.
Se viste con grandes pollerones, pueden llevar enaguas, blusas que pueden ser grandes blusones, delantal, pañuelo en la cabeza con el nudo hacia delante, alpargatas.
Sus accesorios son muchos y grandes collares de colores, algunas pueden llevar grandes aros en las orejas. Sombrilla y/o abanico. La sombrilla está permanentemente girando.
No se debe confundir, ni en la danza, ni con la vestimenta, a la Mama Vieja con las bahianas de la cultura afrobrasilera. Son parecidas, porque sus historias se parecen, pero nada más.
En las Salas de Nación “pasaban cosas”, que el resto no debía presenciar. Ya fuera porque eran parte de sus propios rituales, ya fuera porque los tenían prohibidos. De esta forma es que se hacía ver para afuera a algunas ceremonias y ritos, como simple divertimento. Esto explica porqué se dice que el gramillero imita al “amo” blanco con su indumentaria, la barba postiza y el maletín del “dotor”. La Mama Vieja con su sombrilla y el abanico, también parece que imita a su “amita”, pero en realidad la sombrilla es parte de la ritualidad que el rango que ocupaban en la Sala de Nación les exigía.
La manera en que el Gramillero y la Mama Vieja se relacionan en la escena deberá ser vista más desde la perspectiva de la ancestralidad que desde la jocosidad, sin que se pierda la gracia y la alegría en el baile. Precisamente esta combinación es que hace a estos personajes lo que son.
El Escobero, antiguo bastonero, de la Sala de Nación y de las primeras comparsas. Es quien abría la ceremonia o la procesión.
Con la escoba el Escobero “abre” el camino, “limpia” el ambiente de los malos presagios o de las “malas ondas” que puedan haber.
La escoba pasa por su cuerpo, que también es “limpiado” y vuela por el aire.
El Escobero, es un buen bailarín de candombe, un buen candombero. Todo lo que haga es al compás del tambor.
Existía el Escobero a la buena. Este personaje, además de abrir la marcha y “barrer” las malas ondas, se enfrentaba al Escobero de la comparsa con la que se cruzaran. Este “enfrentamiento” duraba hasta que a alguno de los dos se les cayera la escoba. Siempre al ritmo de los tambores.
También existe el Escobero llamado “de lujo”.
Tanto el Escobero “a la buena”, como el de “lujo” llevan taparrabo, por delante y por detrás, preferentemente de cuero, adornado con espejitos rotos y cascabeles.
Puede llevar cascabeles en sus tobillos.
Blusa, bombachín, medias más arriba de sus rodillas, cintas cruzadas como los tamborileros, alpargatas o similares y “torera”, es la vestimenta básica del Escobero a la buena. El de lujo se viste en forma similar con brillo y lentejuelas.
La escobita podrá estar adornada acorde al personaje y al vestuario que vista, teniendo en cuenta la función de este elemento.
El Escobero deberá ser más “personaje” que acróbata.
La danza es importante en el escobero, por lo que deberá juzgarse la calidad al bailar, la composición del personaje y la habilidad con la escoba. Todo con la misma importancia.
Se prohíbe expresamente que el Escobero utilice más de una escobita.
Desde la vestimenta, hasta la forma de bailar de estos personajes típicos deberá ser calificada acorde a estas premisas.
El sentido expresivo, movimientos y gestos, el ritual y su disposición rítmica, como asimismo toda su expresión coreográfica, deberán tener un predominio natural con danzas colectivas de hombres y mujeres, pero, fundamentalmente, sin reconocerse en parejas.19 febrero, 2010 a las 18:34 #27712LA CRIS
ParticipanteCriterios Del Jurado
ESPERO QUE EL JURADO CALIFIQUE POR EL REGLAMENTO A LOS GRUPOS Y NO POR SU TITULO,LAMENTABLEMENTE EN LOS ULTIMOS TIEMPOS LOS GRUPOS CON TITULOS NUEVOS NO LOS MIRAN POR SU ACTUACION,PESA
«EL NOMBRE».A LOS NUEVOS SI PUDIERAN COMPRAR «LOS PATOS CABREROS»»LOS GABYS» ,ETC…PONEN UN PAR DE FIGURAS Y CORREN CON EL CABALLO DEL COMISARIO…O ME EQUIVOCO??, PESAN LOS TITULOS??O NO??
LA CATALINA ES UN CONJUNTO QUE SE ABRIO CAMINO Y SE GANO LA GENTE, HOY POR HOY HUMILDEMENTE :NO MATAN!!SIN EMBARGO GENTE QUE NUNCA VIO CARNAVAL,TE DICE :CUANDO ESTA LA CATALINA?ASI VOY A VERLA,SON UN FENOMENO!!PASO EN EL DESFILE,DESFILARON CON REMERAS PINTADAS ,SIN LOS TRAJES DE MURGA Y.??…ERA «LA CATALINA» PERO CALIFICARON POR LA PARTICIPACION DE LA GENTE,PORQUE COMO MURGA NO MOSTRARON MAS QUE ALGUN CANTO Y OJO, ME CAE MUY BIEN LA CATA,NO SOY HINCHA PERO SI SIMPATIZANTE, PERO TRATRO DE SER OBJETIVACirce, post: 1142 wrote:Reglamento del Concurso Oficial
Carnaval 2009ARTÃCULO 1.
El Jurado que dictaminará en el Concurso de Agrupaciones estará integrado por un Presidente titular, dos Presidentes alternos, 8 jurados titulares, 4 alternos- que actuarán en las 3 ruedas – y un funcionario administrativo, el cual oficiará de Secretario del cuerpo, designados por la I.M.M. El Presidente, al igual que los demás miembros del Jurado, deberán tener amplios conocimientos sobre Carnaval y, especÃficamente en los casos que asà lo requiera para quienes calificarán, conocimientos técnicos sobre el rubro en el que se desempeñarán, no pudiendo haber estado vinculados a esta actividad ni como Directores de Conjunto, ni como componentes o técnicos, ni como empresarios de escenarios Carnavalescos en los tres últimos años. La División Turismo podrá designar un Asesor JurÃdico que asistirá técnicamente al Presidente del Jurado en la aplicación del Reglamento.
ARTÃCULO 2.
Serán deberes del Presidente:
A- Ordenar y fiscalizar el trabajo del Jurado, asà como realizar lo necesario para la unificación de criterios en el trabajo del mismo, previo al inicio del certamen.B.- Hacer cumplir el reglamento del Concurso Oficial en todos sus términos.C- Ser responsable de la comunicación del Jurado con los diferentes conjuntos asà como con la prensa, dado que los demás integrantes del cuerpo se abstendrán de efectuar declaraciones durante la realización del Concurso.D.- Disponer los procedimientos que aseguren el correcto funcionamiento del sistema utilizado y la realización de los escrutinios correspondientes.E.- En caso de ausencia de alguno de los jurados titulares, habilitará al jurado que tomará su lugar. Toda otra situación no prevista, será regida por el Art. 45 del presente reglamento.En caso de ausencia temporal del Presidente del Jurado, éste será sustituido por el 1er. Presidente alterno. Si, por motivos de fuerza mayor, debiera abandonar el cargo durante la realización del Concurso, el 1er.Presidente alterno tomará su lugar, quedando el 2do. Presidente alterno a la orden de cualquier requerimiento.
ARTÃCULO 3.Para la designación de los jurados deberán tenerse en cuenta sus antecedentes, tanto en lo que hace a conocimientos técnicos, como sobre las caracterÃsticas de los espectáculos del Carnaval. Una vez designados los jurados, los directores de conjuntos dispondrán de hasta 5 dÃas hábiles para recusar la nominación de algun/os de los miembros del jurado, con argumentos fundados y por escrito ante la Dirección de la División Turismo de la Intendencia Municipal de Montevideo, la cual decidirá, rechazando o haciendo lugar a la recusación, con o sin audiencia de la persona recusada y en plazo perentorio de tres dÃas hábiles.
ARTÃCULO 4.
ARTICULO 5. – DEFINICIÓN DE LOS RUBROS
RUBRO No. 1- ARREGLOS CORALES – VOCES y MUSICALIDAD
Este Jurado entenderá en todo lo que hace a la expresión musical de cada conjunto. Se tendrán en cuenta como elementos esenciales los caracteres que conforman este rubro, analizándolos no solamente dentro de los valores que encierran en sà mismos, sino también dentro de los parámetros que contiene y caracteriza cada propuesta. Para otorgar el puntaje en este rubro se deberá tener en cuenta:En lo que respecta a voces: rendimiento, claridad y afinación del coro ejecutante, asà como de las voces solistas, prevaleciendo conceptualmente el trabajo colectivo, por sobre las interpretaciones individuales.
En lo que refiere a arreglos corales: deberá primar la creatividad de los mismos, como asà también la variedad de arreglos realizados por el coro.
En lo relativo a la musicalidad: se tendrá en cuenta todo el entorno musical que rodea al espectáculo conformado por la cantidad y la variedad de sus músicas, junto a los matices, ritmos y climas acordes con el espectáculo planteado.
Los conjuntos de las categorÃas Humoristas y Parodistas, podrán utilizar música en vivo o pistas grabadas, valorándose en cada caso el ajuste, la calidad y el aporte artÃstico que aporten al espectáculo. Sà en cambio se verá afectado, cuando en cualquiera de estas dos opciones surjan desajustes en su afinación o sincronización, que alteren sustancialmente la musicalidad del espectáculo.
Se deja expresa constancia que en el caso que los conjuntos utilicen pistas grabadas, no podrán incluir en ellas voces humanas o registros tales que simulen éstas, en beneficio de servir de apoyo o complemento a las voces o arreglos corales interpretados en vivo por el conjunto. Solo se podrán incluir voces humanas habladas, sin violar los requisitos antedichos, siempre y cuando no superen los treinta segundos en el total de la actuación. En el caso de la categoria Sociedad de Negros y Lubolos, el jurado tendrá en cuenta al calificar la musicalidad, la calidad técnica de la cuerda de tambores.NOTA: Tanto para la categorÃa HUMORISTAS como PARODISTAS, el acompañamiento instrumental, TENDRà SU CALIFICACIÓN, ya sea grabado en pista o ejecutado en vivo por un conjunto instrumental.
Este rubro, en el que actuarán 2 jurados, calificará en TRES RUEDAS INDEPENDIENTES en las diversas categorÃas.
La escala a aplicar por cada uno de los jurados, será la siguiente:MURGAS: El puntaje será de hasta 11 en voces, 11 en arreglos corales y 8 en musicalidad.
REVISTAS: El puntaje será de hasta 5 en voces , 5 en arreglos corales y 10 en musicalidad.
LUBOLOS: El puntaje será de hasta 5 en arreglos corales , 5 en voces y 10 en musicalidad.
PARODISTAS: El puntaje será de hasta 6 en voces, 6 en arreglos corales y 6 en musicalidad.
HUMORISTAS: El puntaje será de hasta 5 en voces, 5 en arreglos corales y 3 en musicalidad.
RUBRO Nro. 2 – FUNDAMENTOS DE LA CATEGORÃA-
Este Jurado evaluará la calidad artÃstica en los aspectos fundamentales de cada categorÃa, asà como la capacidad de cada conjunto para conseguir con sus espectáculos el mejor grado de comunicación y aprobación del público. A diferencia del anterior “Ajuste a la CategorÃaâ€, no sólo considerará la presencia de dichos elementos, sino la forma en que sean llevados a la práctica, premiando en su puntaje la creatividad, el ingenio y el matiz diferente que se logre dar a los espectáculos.Nivel de parodias, efectividad en materia de comicidad de las humoradas, crÃtica y sátira en la murga, evolución de la Comparsa sin apartarse de su ancestralidad y espectáculo global revisteril (según corresponda) serán los aspectos que deberá priorizar al otorgar su puntaje. En materia de comunicación deberá considerar, junto a sus sensaciones personales, la respuesta del público, en lo que hace al logro por parte del conjunto de los climas que busca durante su actuación (risa, alegrÃa, silencios, emotividad, mensaje, etc.), no tomándose en cuenta la “popularidad†del conjunto, reflejada en número de espectadores que lo apoyan incondicionalmente.
La cuota de humor y alegrÃa será de importancia en la calificación final, en todas las categorÃas, considerando que es uno de los elementos caracterÃsticos de nuestro Carnaval.
Este rubro calificará TRES RUEDAS INDEPENDIENTES en las diversas categorÃas. La escala a aplicar será la siguiente:
MURGAS: el puntaje será de hasta 20.
REVISTAS: el puntaje será de hasta 20.
LUBOLOS: el puntaje será de hasta 20.
PARODISTAS: el puntaje será de hasta 14
HUMORISTAS: el puntaje será de hasta 24.
RUBRO Nro. 3- TEXTOS E INTERPRETACIÓN –
Este Jurado considerará los valores literarios de todos los textos utilizados por los conjuntos, ajustándose a las definiciones y caracterÃsticas de cada categorÃa, priorizando la sutileza, la picardÃa y el doble sentido por sobre lo grosero y lo soez, asà como el espÃritu Carnavalero que es esencia del mismo. En las categorÃas lubolos y revistas valorará especialmente la coherencia en el contenido de los textos, en parodistas la creatividad y el ingenio para llevar adelante las parodias que se plantean respetando la temática de la obra o hecho elegido. En el caso de los humoristas se priorizará el sentido cómico de los libretos y en murgas la cuota de crÃtica y sátira de la actualidad que es esencia de la categorÃa, asà como el ingenio para plantear la misma apostando a la creatividad por encima del mensaje directo.En todos los casos los textos se valorarán en la medida en que, sin perder calidad, reflejen con claridad su sentido, siendo asà de mejor y más rápido recibo por parte del público. El recurso de apelar a tintes dramáticos o emotivos puede enriquecer el desarrollo del espectáculo, pero utilizado en exceso escapa a la esencia del Carnaval.
En lo que tiene que ver con la parte interpretativa, el trabajo grupal deberá ser valorado por encima de los rendimientos individuales. Estos deberán estar volcados al servicio del espectáculo y no convertirse en el centro de los mismos.
Este rubro, en el que actuarán 2 jurados, calificará TRES RUEDAS INDEPENDIENTES en las diferentes categorÃas.
La escala a aplicar por cada uno de los jurados, será la siguiente:MURGAS: el puntaje será de hasta 20 en textos y 10 en interpretación.
REVISTAS: el puntaje será de hasta 8 en textos y 8 en interpretación.
LUBOLOS: el puntaje será de hasta 12 en textos y 8 en interpretación.
PARODISTAS: el puntaje será de hasta 20 en textos y 18 en interpretación.
HUMORISTAS: el puntaje será de hasta 20 en textos y 20 en interpretación..
RUBRO No. 4- PUESTA EN ESCENA Y MOVIMIENTO ESCÉNICO-
Este jurado calificará todo lo atinente a los planteos escénicos de los espectáculos presentados. Puesta en Escena se refiere a la coordinación de todos los elementos que intervienen en el espectáculo: luces, ambientación, movimiento escénico, contra escena, entre otros. El Movimiento Escénico, componente fundamental de la Puesta en Escena, comprende la dinámica y la utilización del espacio, asà como las figuras que componen en la escena todos los intérpretes. Este jurado tendrá en cuenta el ingenio, la creatividad y la originalidad en la combinación de todos los elementos, el uso del espacio y los matices rÃtmicos de las escenas en la totalidad del espectáculo; asà como el modo en que se traducen escénicamente las situaciones propuestas en el texto, manteniendo en sus juicios evaluatorios un criterio acorde con lo que son las caracterÃsticas esenciales de un espectáculo de Carnaval. Esto no implica el desconocer la calidad artÃstica que el aporte de técnicas de otros géneros puedan aportarle al espectáculo, pero siempre y cuando no afecten la informalidad alegre y contagiosa que genera el clima adecuado para mantener la esencia de Carnaval.En la categorÃa murgas se considerará muy especialmente el caracterÃstico movimiento que distingue al género y el trabajo de puesta en escena deberá apuntar a jerarquizarlo en la mayor parte del espectáculo.
En el caso de los Lubolos, se pondrá especial atención en la utilización de los sÃmbolos (Estandartes, banderas, media luna y estrella).
Este rubro calificará TRES RUEDAS INDEPENDIENTES en las diversas categorÃas. La escala a aplicar sera la siguientes:
MURGAS: el puntaje será de hasta 10 en puesta en escena y 10 en movimiento escénico.
REVISTAS: el puntaje será de hasta 8 en puesta en escena y 8 en movimiento escénico.
LUBOLOS: el puntaje será de hasta 10 en puesta en escena y 10 en movimiento escénico.
PARODISTAS: el puntaje será de hasta 14 en puesta en escena y 6 en movimiento escénico.
HUMORISTAS: el puntaje será de hasta 10 en puesta en escena y 10 en movimiento escénico.RUBRO No. 5- COREOGRAFÃA Y BAILES-
Este Jurado calificará todo lo que tiene que ver con bailes y coreografÃas dentro de los espectáculos, valorizando, al momento de otorgar su puntaje, el trabajo grupal, estilo, rendimiento y prolijidad del cuerpo de baile, asà como el destaque de los solistas en las categorÃas en que este rubro es de valor esencial.
La variedad, riqueza y creatividad de las coreografÃas planteadas, la utilización del espacio escénico, asà como la fidelidad en las diferentes modalidades. En la categorÃa parodistas será elemento enriquecedor el hecho de que los bailes estén integrados a la temática del espectáculo. Este Jurado tendrá puntaje acotado en la categorÃa humoristas que no exige el rubro, por lo que manejará su puntaje acorde a este concepto. No otorgará puntaje en categorÃa murgas. En el caso de los Lubolos, se pondrá especial atención en la esencia de los personajes tÃpicos, gramillero, mama vieja y escobero. También al equilibrio de las coreografÃas, entre lo técnico y lo candombero.Este rubro calificará TRES RUEDAS INDEPENDIENTES en las diversas categorÃas. La escala a aplicar será la siguientes:
MURGAS: no califica.
REVISTAS: el puntaje será de hasta 22 en coreografÃa y 22 en bailes.
LUBOLOS: el puntaje será de hasta 20 en coreografÃa y 20 en bailes.
PARODISTAS: el puntaje será de hasta 6 en coreografÃa y 6 en bailes.
HUMORISTAS: el puntaje será de hasta 5 en coreografÃa y 5 en bailes.
RUBRO No 6 – VESTUARIO, MAQUILLAJE Y ESCENOGRAFIA-
Para este Jurado será elemento fundamental al momento de calificar, la coherencia entre la temática que se desarrolla y los rubros que se consideran. En todos los casos se priorizará la creatividad y el ingenio, teniéndose en cuenta asimismo el carácter carnavalero que deben mostrar tanto los vestuarios, como el maquillaje y la escenografÃa. Los elementos de utilerÃa que enriquezcan el planteo escénico serán considerados a la hora de otorgar el puntaje, asà como la prolijidad y calidad de confección tanto en ropa como en escenografÃa.
En lo que refiere al maquillaje, en la categorÃa murgas se prestará especial atención al colorido, combinación con el vestuario y creación de personajes. Este último elemento también será considerado trascendente en las restantes categorÃas, cuando se trate de caracterizar a un determinado participante de la escena. En el caso de los Lubolos, se prestará especial atención al vestuario y elementos utilizados por el Gramillero, la Mama Vieja, el Escobero y la cuerda de tambores.Este rubro calificará TRES RUEDAS INDEPENDIENTES en las diversas categorÃas. La escala a aplicar será la siguiente:
MURGAS: el puntaje será de hasta 10 en vestuarios, 6 en maquillaje. No puntea en escenografÃa..
REVISTAS: el puntaje será de hasta 10 en vestuarios, 4 en maquillaje y 10 en escenografÃa..
LUBOLOS: el puntaje será de hasta 10 en vestuarios, 6 en maquillaje. No puntea en escenografÃa.
PARODISTAS: el puntaje será de hasta 12 en vestuarios, 6 en maquillaje. No puntea en escenografÃa.
HUMORISTAS: el puntaje será de hasta 8 en vestuarios, 8 en escenografÃa. No puntea en maquillaje.
NOTA. Todos los jurados calificarán en “VISION GLOBAL DEL ESPECTACULOâ€. Reflejarán en el puntaje su opinión sobre cada uno de los espectáculos, considerando la globalidad de los mismos, reflejada en una sÃntesis de todos los rubros volcada hacia el mejor logro final y teniendo en consideración el humor volcado en sus letras y/o actuación escénica. De lo antedicho surge claramente que no deberán dejarse influir por algún aspecto puntual de un espectáculo, sino calificar los méritos y los defectos que a su juicio existan en el mismo, sintetizándolos en su puntaje final.
El puntaje a aplicar por cada uno de los jurados en este rubro será de hasta 8 puntos.ARTICULO 6 – ESCALAS DE PUNTAJE
La escala de puntaje que surja de la suma de las calificaciones otorgadas en las dos primeras ruedas y en las tres en el caso de aquellos conjuntos que clasifiquen a la Liguilla, deberá reflejar el orden de méritos que cada jurado halla estimado que tienen los diferentes espectáculos en el rubro que le ha tocado calificar. Las fallas puntuales que puedan haberse detectado en alguna de las actuaciones sólo deberán pesar en el puntaje, en la medida en que incidan decisivamente en el desarrollo del espectáculo en que se produjeron.
Bajo ningún concepto un jurado podrá desmerecer el puntaje de un conjunto por entender, a su criterio, que no ha cumplido con las exigencias de este Reglamento. En tal situación deberá realizar un planteo al Presidente y de ser el hecho constatado una falta, deberán aplicarse las sanciones previstas en el capÃtulo respectivo. El puntaje debe limitarse a reflejar la opinión sobre el espectáculo en el rubro que a cada uno corresponde calificar.DEL CONTROL DE LOS REPERTORIOS
ARTÃCULO 7. –
El Concurso Oficial al igual que todos los espectáculos Carnavalescos se regirán por las normas legales vigentes respecto de la libertad de expresión del pensamiento.
ARTÃCULO 8. –
Los conjuntos deben presentar su repertorio en el momento de la inscripción en la forma que determine la División Turismo. Podrán efectuar modificaciones en el libreto presentado en el momento de la inscripción hasta 72 horas antes de su presentación en el Concurso Oficial, siempre que dichos cambios no alteren sustancialmente el espÃritu de los presentados en primera instancia. Dichas variantes deberán ser presentadas al Presidente del Jurado y pasarán a integrar el libreto del conjunto para el resto del Concurso.
Los conjuntos en cualquiera de sus actuaciones en el Concurso podrán realizar dentro de sus espectáculos las partes que entiendan convenientes de los libretos presentados, pero sin variar la estructura básica del espectáculo. Las “mechas†quedan fuera del régimen de presentación previa, siempre y cuando sean breves y apunten al enriquecimiento del espectáculo. Su realización en todo caso queda a entera responsabilidad del director del conjunto en lo que hace a cumplir con las normas legales generales y de este reglamento.DEL CONCURSO OFICIAL
ARTÃCULO 9.
El Carnaval Oficial comenzará con el Desfile Inaugural y finalizará con la entrega de premios y menciones y se compondrá de tres ruedas independientes entre sÃ: La suma de los puntajes de la 1ª y 2ª Rueda definirán los pasajes a la 3ª. Rueda o Liguilla en la que participarán los conjuntos de todas las categorÃas que hayan sumado mayor puntaje de acuerdo al sistema que se detalla más adelante..
ARTÃCULO 10.
D.A.E.C.P.U (Directores Asociados de Espectáculos Carnavalescos Populares del Uruguay) designará un representante que oficiará de delegado entre los directores responsables de los conjuntos concursantes y el Presidente del Jurado con el único fin de establecer los contactos que sean necesarios entre las partes, asà como un Coordinador que colaborará en todo lo concerniente al espectáculo propiamente dicho a los efectos de facilitar la agilidad y continuidad del mismo.
ARTÃCULO 11.
Previo al comienzo del Concurso Oficial a cada uno de los integrantes del Jurado les será asignada una clave de acceso al Sistema Informático desarrollado para brindar soporte a las actividades Carnavalescas. Esta clave de carácter secreto, personal e intransferible, podrá ser modificada en cualquier momento por el usuario al que fue asignada, quien mediante la misma otorgará, una vez finalizada la actuación de cada conjunto concursante, el puntaje que estime conveniente. Este puntaje deberá ser confirmado o ratificado por el Jurado, mediante el uso de su clave y el sistema emitirá la boleta correspondiente para ser depositada en la urna, con las garantÃas de custodia correspondientes.
La información quedará almacenada en una base de datos instalada en un servidor en la I.M.M., garantizando la confidencialidad y acceso restringido a los datos, de acuerdo a las reglas de administración de usuarios definidas. Al término de la actuación de los conjuntos concursantes, el funcionario administrativo del Jurado entregará a cada integrante del cuerpo el sobre respectivo en el que constará el nombre del conjunto calificado, fecha de actuación, número de etapa y de rueda correspondientes e identificación del jurado calificador, que este firmará debidamente. Acto seguido los siete sobres serán entregados al Presidente del Jurado el que los depositará dentro de otro de mayor tamaño, el que firmará conjuntamente con el Secretario Administrativo actuante, estableciéndose en la cubierta del mismo, los datos de identificación correspondientes. Dichos sobres serán guardados con total garantÃa en una urna especial habilitada al efecto. Las boletas de calificación sólo podrán ser extraÃdas de los sobres al finalizar el Concurso Oficial.
Al concluir cada etapa se entregará al representante de DAECPU un acta conteniendo la integración del jurado actuante en esa etapa, nómina de los conjuntos que participaron, horario de comienzo y finalización de cada una de las actuaciones y las sanciones y observaciones si las hubiere.
ARTÃCULO 12.
El Presidente del Jurado tendrá su clave personal, secreta e intransferible con la que:
a) Deberá ingresar una vez aplicadas las sanciones que signifiquen descuentos de puntaje para hacer efectivo el mismo en el puntaje total del conjunto al término de cada rueda.b) Emitir los listados correspondientes a los conjuntos que clasifiquen para la 2 da. Rueda y para la Liguilla.ARTÃCULO 13.
Accederán a la Segunda Rueda 44 (cuarenta y cuatro) conjuntos. Quedando eliminados del Concurso, aquellos cuatro conjuntos, de cualquier categorÃa, que hubieran obtenido los cuatro menores puntajes otorgados por el jurado en esta primera rueda.
La liguilla estará integrada por 28 conjuntos y pasarán a la misma aquellos que, sumados los puntajes de la Primera y Segunda Rueda, se encontrasen en las siguientes posiciones: los primeros 3 (tres) Humoristas, los primeros 4 (cuatro) Parodistas, las primeras 3 (tres) Revistas, las primeras 4 (cuatro) Lubolos y las 12 (doce) primeras Murgas. Los cupos restantes que no hubieran sido ocupados por empates en sus categorÃas, serán para el o los conjuntos mejor puntuados. De existir empate en el último lugar de éstos cupos extras, accederan a la Liguilla todos los que se encuentren en dicha situación.ARTICULO 14.
Los conjuntos que clasifiquen para la Segunda y para la Tercera Rueda o Liguilla, se conocerán de un listado emitido por el sistema informático, autorizado por el Presidente del Jurado en instancia pública, de la que participará el delegado de DAECPU. Este listado será emitido en orden alfabético por el nombre de los conjuntos y, en ningún caso, se conocerán los puntajes con los que accedieron a dichas Ruedas, ni los puntajes de aquellos que no clasificaron para estas instancias.
En caso de empate de dos o mas conjuntos en el último puesto de la categorÃa habilitado para ingresar a las fases siguientes del Concurso, (Segunda y Tercera Rueda o Liguilla), los mismos tendrán derecho a ingresar a dichas instancia, según corresponda.
ARTÃCULO 15.Los campos de especificación de puntaje serán obligatorios y en caso de no ajustarse lo digitado por un jurado a los guarismos máximos establecidos para ese rubro y en esa categorÃa, serán rechazados por el Sistema y no se emitirá boleta de votación, debiendo el jurado repetir el procedimiento hasta digitarlo de modo correcto.
ARTÃCULO 16.
A la finalización del Concurso Oficial de Agrupaciones, concluida la última etapa del mismo, el Jurado conjuntamente con los funcionarios que la División Turismo designe al efecto, tres representantes de D.A.E.C.P.U y un Escribano Municipal que labrará el acta respectiva se reunirán a efectos de emitir el fallo.
De inmediato el Presidente del Jurado asistido por los funcionarios administrativos actuantes, procederá a la apertura de las urnas que contengan los sobres de las 3 (tres) Ruedas, contará los mismos, clasificándolos por categorÃa y nombre del conjunto.Acto seguido se procederá a la apertura de los sobres, de a uno por vez, contabilizándose de inmediato lo dictaminado por cada jurado, en planillas de clasificación que a tales efectos proporcionará la División Turismo.
Las boletas de clasificación, fiscalizadas y contabilizadas, serán guardadas sin sufrir alteración de ninguna Ãndole, a efectos de un eventual contralor posterior. El resultado final será el producto de la sumatoria de las tres ruedas. El fallo del Jurado será inapelable.
ARTÃCULO 17.
La escala de premios a adjudicarse en cada categorÃa, asà como los montos porcentuales de cada una de ellas, serán fijados previamente por D.A.E.C.P.U .
Los conjuntos participantes del Concurso Oficial que no pasen a la Tercera Rueda o Liguilla, no tendrán derecho a las retribuciones económicas establecidas en el presente artÃculo. Los montos correspondientes a los premios que se declaren desiertos se distribuirán de la siguiente manera: un cincuenta por ciento dentro de la categorÃa correspondiente y el restante cincuenta por ciento entre las demás categorÃas.
ARTÃCULO 18.
En caso de empate en alguno de los premios en disputa, se sumará el importe del premio empatado o empatados y el posterior o posteriores, dividiéndose entre los conjuntos que igualen en puntaje. Los conjuntos participantes en la Liguilla, recibirán como compensación especial el cincuenta por ciento de la recaudación lÃquida de la misma.
ARTÃCULO 19.
El Jurado podrá otorgar Menciones Especiales para componentes o técnicos destacados en las distintas categorÃas los que pueden ser individuales o colectivos. Dichas menciones no tendrán contenido económico y se señalarán mediante la entrega de objetos artÃsticos.
ARTÃCULO 20.
Los espectáculos del Concurso Oficial comenzarán el dÃa y sus etapas se iniciarán a las 20 horas y 45 minutos. Podrán ser suspendidos por los Administradores del Certamen por mal tiempo u otras razones de fuerza mayor hasta una hora antes de la fijada para la iniciación del espectáculo. A partir de ese momento y por causas similares solamente el Presidente del Jurado está facultado para suspender total o parcialmente una etapa. Las etapas suspendidas pasarán al final de la rueda correspondiente. De tal resolución se deberá dar cuenta a los interesados, comunicándole por escrito las nuevas fechas de actuación.
CAPÃTULO IV – DE LA ACTUACIÓN EN DESFILES Y ESCENARIOS
ARTÃCULO 21.
La División Turismo de común acuerdo con D.A.E.C.P.U., podrá autorizar la integración de otras atracciones que se consideren de interés para mayor brillo del espectáculo.
ARTÃCULO 22.
No se permitirá la participación en ninguna clase de presentación, de menores de edad que no posean el correspondiente permiso del Instituto del Niño y Adolescentes del Uruguay (I.N.A.U.).
ARTÃCULO 23.
En su presentación en los escenarios, los conjuntos deberán actuar en las condiciones, que a tales efectos, se indica en la reglamentación respectiva, de acuerdo a lo establecido en el Art. 30 del REGLAMENTO GENERAL DEL CARNAVAL.
ARTÃCULO 24.
Los integrantes inscriptos, cualquiera sea la categorÃa, deberán participar en el ochenta por ciento (80%), como mÃnimo, de las actuaciones del conjunto en los distintos escenarios, no permitiéndose, bajo ningún concepto, la inscripción de componentes para actuar única y exclusivamente en los espectáculos del Concurso Oficial.
Se establece, además que, en beneficio de la mayor brillantez de los espectáculos, se exonera de esta disposición a los conjuntos que revistan en la categorÃa Sociedad de Negros y Lubolos, en lo que tiene que ver con tamborileros, portabanderas y porta estandartes, pero de ninguna manera en cuanto a sus primeras figuras como ser: vedettes, cantantes, bailarinas y bailarines, escoberos, gramilleros o mamas viejas.
Únicamente se podrán autorizar modificaciones, en caso de enfermedad del componente titular de una agrupación u otras razones de fuerza mayor debidamente comprobadas.
En todos los casos el Director responsable deberá elevar una solicitud en tal sentido, presentando la documentación y/o certificados que acrediten la veracidad del hecho.
Cuando se trate de enfermedad, la División Turismo podrá requerir que el Servicio Médico Municipal constate si el componente que se solicita cambiar está o no en condiciones de actuar.ARTÃCULO 25.
La transgresión a lo dispuesto será sancionado con multas que variarán de acuerdo a la gravedad de las inasistencias y que como mÃnimo será equivalente al 20 % (veinte por ciento) del premio que pudiera corresponder al infractor, pudiendo llegar al 50 % (cincuenta por ciento) del mismo. Las actuaciones se sustanciarán con denuncias a la División Turismo, la que adoptará las medidas que estime oportunas, de acuerdo a las circunstancias, en forma fundada y previa vista al Director del conjunto.
DE LAS ACTUACIONES EN EL CONCURSO OFICIAL
ARTÃCULO 26.
Los conjuntos que participen del Concurso Oficial de Agrupaciones no podrán participar hasta que se emita el fallo de este certamen en otros concurso dentro o fuera del departamento.
ARTÃCULO 27.
El Concurso Oficial se realizará en el local que se determine oportunamente cumpliéndose en tres etapas independientes:
PRIMERA RUEDA: tomarán parte los conjuntos que lograron clasificarse a la Liguilla en el Concurso Oficial realizado el año inmediato anterior (32 conjuntos) y aquellos que hayan sido aprobados por el Jurado de Admisión en la prueba correspondiente al presente Carnaval (16 conjuntos).
SEGUNDA RUEDA: En esta rueda participarán 44 conjuntos, eliminándose por consiguiente 4 conjuntos que serán los que hayan obtenido los menores puntajes en la 1a. Rueda. Estos se conocerán de un listado emitido por el sistema informático, autorizado por el presidente del jurado en instancia pública, de la que participará el delegado de DAECPU. Este listado será emitido en orden alfabético por el nombre de los conjuntos y en ningún caso se conocerán sus puntajes. En caso de empate en el cuadragesimo lugar, por dos o mas conjuntos, los mismos tendrán derecho a participar en ésta rueda.
TERCERA RUEDA O LIGUILLA: tomarán parte los conjuntos que de acuerdo a lo dictaminado por el Jurado se hayan acreditado este derecho de acuerdo a las condiciones que se establecen en el Art. 13 de este reglamento. Cabe señalar que, en caso de registrarse empates en el último lugar habilitado para ingresar a esta instancia en los 28 cupos predeterminados, se regirá por lo dispuesto en el Art. 14 del presente reglamento. Si el empate se registrara en cualquier otra ubicación anterior a la última se mantendrán los cupos establecidos diez (12) para la categorÃa Murgas, cuatro (4) para la categorÃa de Lubolos, cuatro (4) para la categorÃa de Parodistas, tres (3) para la de Humoristas, tres (3) para la categorÃa de Revistas y dos (2) mejores punteados de cualquier categorÃa.
ARTÃCULO 28
Las agrupaciones están obligadas a participar de los espectáculos del Concurso Oficial, toda vez que sean citadas por resolución del Jurado. De no hacerlo, quedarán automáticamente eliminadas del certamen.
ARTÃCULO 29
De cada etapa del Concurso Oficial se hará un listado de la programación para conocimiento de los Directores Responsables de los conjuntos, sin perjuicio de que se les cite por parte de D.A.E.C.P.U, a cada uno en forma individual y por escrito, indicándose dÃa y hora en que deberán estar presentes en el local en que se desarrolle la misma.
Esta convocatoria se realizará con no menos de veinticuatro horas de anticipación con relación a la fecha en que deban actuar.
En caso de llegada tarde con relación a la hora fijada en la citación, el Presidente del Jurado aplicará las penas previstas para tal causa en el capÃtulo correspondiente a sanciones. A efectos de acreditar la hora de llegada de los conjuntos con la totalidad de sus integrantes, al local donde se realice el Concurso Oficial, el Director Responsable de cada agrupación deberá firmar el registro que a tal efecto se establezca, en presencia del funcionario administrativo que la División Turismo designe a tal fin.
ARTÃCULO 30.
En caso de que el Concurso Oficial se lleve a cabo en el Teatro Municipal de Verano “Ramón Collazo†la IMM y DAECPU suscribirán por separado y de común acuerdo un convenio en el que establecerán las condiciones correspondientes.
DE LAS SANCIONES
ARTÃCULO 31.
Las agrupaciones pueden ser sancionadas por la División Turismo, o por el Jurado, en lo que a cada uno de ellos compete.
Estas medidas se aplicarán a través de descuentos de puntajes, sanciones económicas o bien, mediante el retiro temporal o definitivo del permiso de salida, ya sea para actuaciones en los Desfiles Oficiales o en los espectáculos del Concurso Oficial.
Cuando se apliquen sanciones económicas, DAECPU deberá descontar los montos que correspondan en cada caso y lo destinará al fondo de Carnaval del próximo año.
ARTÃCULO 32
El Jurado podrá aplicar sanciones económicas, en forma fundada y en los siguientes casos:
a) Realizar propaganda comercial o polÃtico-partidaria, en cualquier forma. En cuanto a la propaganda comercial se exceptúa la emisión verbal del presentador sobre las firmas patrocinantes del espectáculo.b) Efectuar la quema de fuegos de artificio no frÃos dentro del recinto del Teatro de Verano, durante sus actuaciones en el Concurso Oficial. Si se pretendiera la quema de fuegos de artificio como parte del espectáculo, para ser utilizados fuera del recinto del Teatro, deberá anunciarse previamente y presentarse conjuntamente las autorizaciones del Cuerpo de Bomberos y el Servicio de Material y Armamento y toda otra autorización que pueda imponerse en el futuro.c) Incluir en su reporte de artistas, a menores de edad, que no estuvieren debidamente autorizados de acuerdo a la legislación en la materia.d) Utilizar sÃmbolos patrios y/u oficiales.e) Realizar alusiones o referencias agraviantes hacia sÃmbolos patrios u oficiales.f) Ingresar al recinto del Jurado durante el desarrollo del espectáculo respectivo.g) Utilizar animales vivos que a juicio del Jurado pongan en peligro el desarrollo del espectáculo o la seguridad del público. El conjunto que pretenda tal utilización deberá consultarlo previamente pudiendo exigirse la consulta y la autorización por escrito.h) Arrojar globos, pelotas y cualquier objeto desde el escenario hacia la platea, como parte del espectáculo.ARTÃCULO 33.
En caso de retraso en la hora de presentación, el Presidente del Jurado aplicará las sanciones económicas de acuerdo al siguiente régimen:
a) hasta un máximo de quince (15) minutos tarde con relación a la hora fijada en la citación, se aplicará una multa equivalente al cinco por ciento (5%) del premio que pudiera corresponder al infractor.b) Entre quince (15) y treinta (30) minutos tarde con respecto a la hora fijada en la citación, se aplicará una multa equivalente al diez por ciento (10%) del premio que pudiera corresponder al infractor.c) Más de treinta (30) minutos tarde con relación a la hora fijada en la citación, se dispondrá la eliminación automática del infractor, del Concurso Oficial.Previo a la aplicación de la sanción se le otorgará vista al conjunto respectivo, el que deberá evacuarla en las veinticuatro horas siguientes y en la que podrá justificar el retraso verificado.
La decisión del Jurado será apelable ante la División Turismo y se presentará dentro de las veinticuatro horas de emitida la decisión de aquel y decidida en plazo de tres dÃas. Pasado dicho plazo se entenderá rechazada la impugnación.
ARTÃCULO 34.
El Jurado aplicará descuentos de puntaje en caso de constatar retrasos sin justificación fundada en el inicio de la actuación correspondiente. Todos los conjuntos de todas las categorÃas tendrán un tiempo máximo de 10 (diez) minutos para armar y/o desarmar su escenografÃa, dejando en el caso de desarmado, libre el escenario de elementos componentes de la misma. Su tiempo empezará a contabilizarse desde el momento en que el jurado de por finalizado la actuación del conjunto. Al finalizar el desarmado del conjunto anterior, comenzará inmediatamente a contabilizarse, el tiempo del armado de la escenografÃa del conjunto que actuará a continuación. El Presidente del Jurado podrá dictaminar si correspondiere penalización. En dicho caso se estampará por acta y se aplicará a razón de 2 (dos) puntos por cada minuto luego de finalizado el tiempo máximo otorgado para el armado y/o desarmado de la escenografÃa. Toda transgresión a lo dispuesto en el presente artÃculo, deberá ser considerada – en caso de presentar causa justificada el Director del conjunto – en el mismo momento por el presidente del jurado y su fallo, que no señalará precedente alguno, solamente será apelable ante del Director de la División Turismo de la Intendencia Municipal de Montevideo.
ARTICULO 35.
El jurado podrá sancionar entre 12 y 24 puntos en caso de que el conjunto no se ajustare al repertorio oportunamente registrado, en forma que distorsione pasajes fundamentales del mensaje de la obra respectiva, dependiendo la sanción de la importancia de la alteración.
ARTÃCULO 36
El jurado aplicará el descuento de 24 puntos al conjunto que:
a) incluya en sus actuaciones integrantes que no estuvieran debidamente registrados en las oportunidades reglamentariasb) cuando un conjunto al realizar su presentación en el Concurso Oficial utilice más componentes que los permitidos en la categorÃac) no llegue al mÃnimo requerido por la misma.ARTÃCULO 37
La División Turismo podrá aplicar sanciones económicas, el retiro del permiso de salida del conjunto o de alguno de sus componentes hasta por un año o el descuento del 30% del puntaje total obtenido, cuando se profirieran injurias de hecho o de palabra contra algún miembro del Jurado o del cuerpo como tal durante el Concurso. Si la injuria al jurado, de hecho o de palabra ocurriese durante la entrega de premios y/o menciones, se sancionará con hasta un 50% del premio obtenido o con un descuento de hasta el 30% del puntaje que obtenga en la 1a. Rueda en su próxima intervención en el Concurso Oficial, dependiendo de la gravedad de los hechos.
La actuación se sustanciará de oficio en un plazo máximo de veinticuatro horas, previa vista al Director Responsable con plazo de 3 dÃas (72 horas). Pasado dicho plazo, se entenderá rechazada la impugnación.
ARTÃCULO 38
El Jurado admitirá un (1) minuto de tolerancia sobre los tiempos máximos de cada conjunto según su categorÃa, a efectos de permitir el descenso del conjunto. El referido minuto será señalado por el reloj instalado en el escenario y a su finalización, el conjunto deberá estar fuera del escenario. Luego se comenzará a aplicar descuentos de puntaje en caso de que se violen los tiempos de actuación adjudicados a cada categorÃa. La constatación fehaciente de parte del Presidente del Jurado se estampará por acta y se aplicará a razón de 2 (dos) puntos por cada minuto o fracción en más o en menos y podrá variar hasta 24 (veinticuatro) puntos como máximo.
ARTÃCULO 39
Los tiempos de actuación serán controlados por el Presidente del Jurado y serán computados desde el momento en que el presentador culmine de anunciar al participante.
ARTÃCULO 40.
En la CategorÃa Murga, aquellos conjuntos que se excedan del lÃmite marcado por este Reglamento para el uso de instrumentos musicales serán sancionados con un descuento de 2 (dos) puntos por cada minuto o fracción.
En la CategorÃa Comparsa de Candombe, la falta de alguno de los elementos y/o personajes que exige el presente Reglamento podrá ser sancionada con un descuento de 6 (seis) puntos por cada infracción que se constate.ARTÃCULO 41.
En los casos en que apliquen sanciones que signifiquen descuentos en los puntajes adjudicados a las agrupaciones por sus actuaciones en los espectáculos del Concurso Oficial, se deberá dejar constancia de ellos en el Acta correspondiente, y serán inapelables. En todos los casos la aplicación de las sanciones será fundada.
ARTÃCULO 42 – DEFINICIÓN Y CARACTERÃSTICAS DE LAS CATEGORÃAS
SOCIEDAD DE NEGROS Y LUBOLOS
Las Sociedades de Negros y Lubolos son herederas de una tradición arraigada profundamente en las Salas de Nación de la época colonial, en la familia afrouruguaya y en las Asociaciones de Negros y Lubolos del SXX.
Los africanos traÃdos forzosamente a estas tierras, lograron transmitir herencias y valores de sus variadas y ricas culturas y en ese proceso crearon el único instrumento musical nacido en estas tierras: el Tambor.
Este nuevo instrumento genera ritmos, músicas y danzas. Toma algo de cada cultura africana que viajó a estas tierras, va nutriéndose de los hijos de africanos nacidos acá y nace el Candombe.
El tambor y el candombe en consecuencia son intransferiblemente afrouruguayos.
Los Lubolos, por lo tanto deben contribuir a la preservación de los valores culturales más entrañables de la tradición del Candombe.
Cada propuesta podrá optar por la recreación de los orÃgenes africanos y/o su ancestralidad, en lo autóctono o el vinculo con lo religioso desde el punto de vista estético y musical, sin que se reproduzcan ritos o invocaciones.
También se podrá recrear aspectos de la colonia u otros históricos. La propuesta podrá basarse en la actualidad, o podrá ser basada en un argumento que transcurrirá en el tiempo. Podrá ser una fantasÃa que se nutra del Candombe.
En todos los casos deberá ser tenida en cuenta la propuesta más candombera, al mismo tiempo que la calidad en los rubros que correspondan.
Todo esto debidamente inserto en la lÃnea argumental de la propuesta.
El argumento será original y las letras y las músicas inéditas.
Tendrá un principio, desarrollo y fin, claros y definidos, poniendo énfasis en la comprensión del público, sin caer en facilismos.
La musicalidad en la Comparsa abarca desde lo rÃtmico, hasta lo coral, pasando por la orquesta.
Los tambores del Candombe hoy son tres y todos con una función especÃfica a cumplir. La musicalidad de la cuerda de tambores debe estar fundamentada en la complejidad de la complementariedad permanente de cada tambor con el resto y en que existan y se escuchen las “conversaciones†entre los repiques y cuando “ronca†un piano y otros le responden, etc.
Los “cortes†que ejecutan las diferentes cuerdas o “bateasâ€, deben ceñirse a crear variaciones sobre el candombe, el milongòn, el afro o los ritmos llamados “de macumbasâ€
Los ritmos transmitidos y heredados por generaciones, se diferencian nÃtidamente en el terreno musical de los membranófonos y los ritmos brasileños o antillanos.
Los tambores podrán utilizar tensores, pero queda expresamente prohibida la utilización de parches de nylon o similares.
Se podrá incorporar todos los instrumentos de percusión que la propuesta musical requiera. Al mismo tiempo, el conjunto musical podrá estar integrado con un máximo de CINCO MÚSICOS, que podrán ejecutar cinco o más instrumentos.
Las propuestas musicales deberán tener en cuenta la forma de cantar de los coros de comparsa. Con canto solista y respuesta del coro en un porcentaje importante del espectáculo.
La orquesta tendrá que basar su musicalidad con énfasis en lo afrouruguayo y no en las formas de sonar caribeñas u otras. Esto no quita que se puedan realizar arreglos con diferentes influencias o fusiones que enriquezcan la propuesta, pero que no distorsionen el candombe.
Los Gramilleros, Mama Viejas y Escoberos, son los personajes más importantes y tradicionales del Candombe, por ser los que más cerca de la ancestralidad se encuentran, por lo que su presentación deberá ser calificada de acuerdo a esta importancia.
El Gramillero. Heredero de los Reyes de la Sala de Nación. Llamado asà por ser el “médico brujo†o “curanderoâ€. Favorecido con la sabidurÃa ancestral africana de la cura con hierbas, plantas, gramillas. De ahà su nombre.
Su danza está caracterizada por movimientos que son de una persona aparentemente entrada en años. Sin embargo los “temblores†caracterÃsticos del Gramillero, deben asociarse más a un remedo de un estado de trance, que a la dificultad fÃsica de una persona mayor. La sabidurÃa de la medicina ancestral africana está vinculada indivisiblemente a la religiosidad.
El Gramillero viste de levita, levitón de colores oscuros preferentemente negro, galera o bombÃn en su cabeza, barba postiza de algodón, alpargatas o similar, puede utilizar polainas y hasta bailar descalzo. Camisa con yabó y pantalones que muchas veces quedan cortos a la altura del tobillo.
Lleva bastón que utiliza de forma muy acentuada en su danza. Puede portar un maletÃn de médico. Accesorio que lo caracteriza muy particularmente.
La Mama Vieja. Descendiente de la Reina de la Sala de Nación. En este personaje se resume mucha de la transmisión oral de la ancestralidad africana.
Su danza, asociada a la ritualidad, es alegre y cadenciosa. Las plantas de los pies contra el suelo. Siempre “atendiendo†al Gramillero, desde el punto de vista de seguirlo, acompañarlo, guiarlo a veces y también cuidarlo.
Casi siempre la Reina de la Sala de Nación, también era el “ama de llaves†o nodriza, o ambas cosas, en la casa del “amoâ€. Estos roles le permitieron ser la gran transmisora de valores y costumbres de la cultura africana primero y afrouruguaya después, hacia su gente, pero también hacia el resto de la sociedad ya que por su rol tenÃa más y mejor contacto.
Se viste con grandes pollerones, pueden llevar enaguas, blusas que pueden ser grandes blusones, delantal, pañuelo en la cabeza con el nudo hacia delante, alpargatas.
Sus accesorios son muchos y grandes collares de colores, algunas pueden llevar grandes aros en las orejas. Sombrilla y/o abanico. La sombrilla está permanentemente girando.
No se debe confundir, ni en la danza, ni con la vestimenta, a la Mama Vieja con las bahianas de la cultura afrobrasilera. Son parecidas, porque sus historias se parecen, pero nada más.
En las Salas de Nación “pasaban cosasâ€, que el resto no debÃa presenciar. Ya fuera porque eran parte de sus propios rituales, ya fuera porque los tenÃan prohibidos. De esta forma es que se hacÃa ver para afuera a algunas ceremonias y ritos, como simple divertimento. Esto explica porqué se dice que el gramillero imita al “amo†blanco con su indumentaria, la barba postiza y el maletÃn del “dotorâ€. La Mama Vieja con su sombrilla y el abanico, también parece que imita a su “amitaâ€, pero en realidad la sombrilla es parte de la ritualidad que el rango que ocupaban en la Sala de Nación les exigÃa.
La manera en que el Gramillero y la Mama Vieja se relacionan en la escena deberá ser vista más desde la perspectiva de la ancestralidad que desde la jocosidad, sin que se pierda la gracia y la alegrÃa en el baile. Precisamente esta combinación es que hace a estos personajes lo que son.
El Escobero, antiguo bastonero, de la Sala de Nación y de las primeras comparsas. Es quien abrÃa la ceremonia o la procesión.
Con la escoba el Escobero “abre†el camino, “limpia†el ambiente de los malos presagios o de las “malas ondas†que puedan haber.
La escoba pasa por su cuerpo, que también es “limpiado†y vuela por el aire.
El Escobero, es un buen bailarÃn de candombe, un buen candombero. Todo lo que haga es al compás del tambor.
ExistÃa el Escobero a la buena. Este personaje, además de abrir la marcha y “barrer†las malas ondas, se enfrentaba al Escobero de la comparsa con la que se cruzaran. Este “enfrentamiento†duraba hasta que a alguno de los dos se les cayera la escoba. Siempre al ritmo de los tambores.
También existe el Escobero llamado “de lujoâ€.
Tanto el Escobero “a la buenaâ€, como el de “lujo†llevan taparrabo, por delante y por detrás, preferentemente de cuero, adornado con espejitos rotos y cascabeles.
Puede llevar cascabeles en sus tobillos.
Blusa, bombachÃn, medias más arriba de sus rodillas, cintas cruzadas como los tamborileros, alpargatas o similares y “toreraâ€, es la vestimenta básica del Escobero a la buena. El de lujo se viste en forma similar con brillo y lentejuelas.
La escobita podrá estar adornada acorde al personaje y al vestuario que vista, teniendo en cuenta la función de este elemento.
El Escobero deberá ser más “personaje†que acróbata.
La danza es importante en el escobero, por lo que deberá juzgarse la calidad al bailar, la composición del personaje y la habilidad con la escoba. Todo con la misma importancia.
Se prohÃbe expresamente que el Escobero utilice más de una escobita.
Desde la vestimenta, hasta la forma de bailar de estos personajes tÃpicos deberá ser calificada acorde a estas premisas.
El sentido expresivo, movimientos y gestos, el ritual y su disposición rÃtmica, como asimismo toda su expresión coreográfica, deberán tener un predominio natural con danzas colectivas de hombres y mujeres, pero, fundamentalmente, sin reconocerse en parejas.19 febrero, 2010 a las 23:41 #27713sanata
ParticipanteLA CRIS, post: 1143 wrote:ESPERO QUE EL JURADO CALIFIQUE POR EL REGLAMENTO A LOS GRUPOS Y NO POR SU TITULO,LAMENTABLEMENTE EN LOS ULTIMOS TIEMPOS LOS GRUPOS CON TITULOS NUEVOS NO LOS MIRAN POR SU ACTUACION,PESA
«EL NOMBRE».A LOS NUEVOS SI PUDIERAN COMPRAR «LOS PATOS CABREROS»»LOS GABYS» ,ETC…PONEN UN PAR DE FIGURAS Y CORREN CON EL CABALLO DEL COMISARIO…O ME EQUIVOCO??, PESAN LOS TITULOS??O NO??
LA CATALINA ES UN CONJUNTO QUE SE ABRIO CAMINO Y SE GANO LA GENTE, HOY POR HOY HUMILDEMENTE :NO MATAN!!SIN EMBARGO GENTE QUE NUNCA VIO CARNAVAL,TE DICE :CUANDO ESTA LA CATALINA?ASI VOY A VERLA,SON UN FENOMENO!!PASO EN EL DESFILE,DESFILARON CON REMERAS PINTADAS ,SIN LOS TRAJES DE MURGA Y.??…ERA «LA CATALINA» PERO CALIFICARON POR LA PARTICIPACION DE LA GENTE,PORQUE COMO MURGA NO MOSTRARON MAS QUE ALGUN CANTO Y OJO, ME CAE MUY BIEN LA CATA,NO SOY HINCHA PERO SI SIMPATIZANTE, PERO TRATRO DE SER OBJETIVAPero pesa y pesa el tÃtulo, aún cuando el reglamento dice bien clarito en el artÃculo 5: «…no tomándose en cuenta la “popularidad” del conjunto, reflejada en número de espectadores que lo apoyan incondicionalmente.«
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